La exconsellera de Emergencias e Interior de la Generalitat, Salomé Pradas, y el exsecretario autonómico de ese departamento, Emilio Argüeso, ya tienen fecha para declarar como investigados en la causa sobre la gestión de la DANA en la provincia de Valencia. La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja ha citado a ambos cargos el próximo 11 de abril.
Además, la magistrada también fija el 14 de abril para tomar declaración como testigos a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, y al presidente de la Diputación de Valencia, Vicent Mompó, y el 29 del mismo mes para hacer lo propio con dos técnicos. Al president de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, no se le ha requerido, pues es aforado, aunque la jueza indicó que podría hacerlo voluntariamente, una decisión que el ‘popular’ parece descartar por el momento.
Otras asociaciones de víctimas incluso quieren recurrir el último auto para pedir la imputación del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo.
Mazón en su condición de aforado
La instructora ha dictado este lunes un auto en el que deniega la solicitud de la acusación popular que ejerce Acció Cultural del País Valencià de requerir datos sobre los vehículos oficiales usados por el presidente de la Generalitat y sus escoltas entre las 8:00 horas del 29 de octubre y las 8:00 del día siguiente.
La magistrada justifica esta negativa en la condición de aforado del jefe del Consell, por lo que “no es factible” la “realización de diligencias de investigación sobre su actuación”. Al respecto, la instructora recuerda que el presidente de la Generalitat tiene la condición de aforado, por lo que el juzgado de Instrucción no puede ordenar la práctica de diligencias de investigación sobre su actuación respecto de esta causa.
Igualmente, deniega la misma solicitud de diligencias respecto de la entonces consellera de Emergencias y de su secretario autonómico, pues “no consta que los mismos no se hubieran incorporado a la reunión” del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) “o que dicha incorporación se hubiera efectuado con retraso”, así como con respecto del director y el subdirector general de Emergencias, porque estos dos últimos cargos “no ostentan la condición de investigados”.
Finalmente, en relación con las posibles grabaciones de audio por parte de integrantes de la reunión del Cecopi del día 29 de octubre, considera que deben ser éstos quienes manifiesten si poseen ese material y si “voluntariamente prestan su conformidad” para aportarlas al proceso una vez se les reciba declaración. Tanto la providencia como el auto notificados hoy no son firmes y contra ellos caben recurso.