El Gobierno ha asegurado que, aunque la Constitución admite que, conforme a las leyes, mediante la correspondiente indemnización y siempre que existan causas justificadas de utilidad pública, se podría expropiar la antigua Mezquita y Catedral de Córdoba, existen «numerosas razones» que «impiden» hacerlo, entre ellas, la «falta de recursos» y la actual situación de crisis económica.
«Sería difícil de explicar a los ciudadanos andaluces y al conjunto de la sociedad que en la actual situación de crisis, especialmente grave en esa comunidad, las administraciones públicas destinaran una ingente cantidad de dinero, que habría que sustraer de otras partidas más necesarias, a expropiar la Catedral de Córdoba», precisa el Gobierno en una respuesta parlamentaria por escrito al grupo Izquierda Plural.
Otra razón, según apunta, sería que no se da ninguna de las circunstancias previstas en la Ley de Patrimonio Histórico Artístico que justifiquen ese fin social necesario para que se pudiera expropiar.
Además, precisa que, si se expropiara, el coste anual de su mantenimiento y los gastos extraordinarios de conservación también deberían ser asumidos por el Estado, todo ello, sin que se modificara el régimen de acceso a dicho monumento.
En el Consejo de Ministros del pasado viernes, se aprobó el proyecto de Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria en el que se elimina el actual sistema especial de inmatriculación de bienes de la Iglesia Católica. Con la futura normativa se homogeneizan los requisitos, de forma que esta institución pasará a equipararse al resto de la sociedad y las inscripciones de su propiedad se trasladarán al procedimiento normal de inmatriculación.
Según explica el Ejecutivo, el actual sistema, «fruto de unas circunstancias históricas y legislativas muy determinadas, ha dejado de tener sentido en la actualidad». En la memoria del proyecto, explicaba que esta autorización se otorgó en un contexto socioeconómico «muy diferente» del actual, influenciado aún por los efectos de las leyes desamortizadoras.
Además, el Gobierno justifica la desaparición de este tratamiento especial indicando que ha transcurrido «un tiempo suficiente» desde la reforma del reglamento hipotecario de 1998, que ya permitió la inscripción de los templos al culto católico, proscrita hasta entonces. A esto se suma, según apunta el Ejecutivo, la «facilidad y normalidad actual en la obtención de una titulación adecuada para la inmatriculación de bienes».