martes, noviembre 26, 2024
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Elevar el volumen de los anuncios cuesta 500.000 euros

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El Gobierno recuerda que aumentar el volumen de los consejos publicitarios en los medios de comunicación radiofónicos y audiovisuales, en comparación con el de las programaciones que emiten al mismo tiempo, puede conllevar sanciones de hasta 500.000 euros, según establece la Ley General de Comunicación Audiovisual de 2010.

Así se refleja en una respuesta del Ejecutivo dirigida al diputado de UPN en el Congreso, Carlos Salvador, en la que el parlamentario navarro preguntaba al Ejecutivo qué medidas pensaba llevar a cabo para solventar estas repentinas subidas del volumen durante los anuncios.

El Gobierno recuerda en este punto también que desde 2005 un grupo de técnicos examina e intenta difundir mejoras entre los medios de comunicación para evitar estas molestas prácticas.

Con ello, advierte de que es derecho de los medios de comunicación el emitir mensajes publicitarios, según establece la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que además fija el principio de separación e identificación de las comunicaciones comerciales respecto del resto de la programación.

No se puede superar el nivel sonoro medio 

Asimismo, añade una previsión en relación con el volumen de las comunicaciones comerciales, indicando que «el nivel sonoro de los mensajes publicitarios no puede ser superior al nivel medio del programa anterior».

Por lo que se refiere al régimen sancionador, señala que el incumplimiento de las condiciones establecidas es constitutivo de «infracción grave».

Por ello, estas prácticas pueden ser sancionadas con multas de entre 100.001 hasta 500.000 euros para servicios de comunicación audiovisual televisiva y de 50.001 hasta 100.000 euros para los radiofónicos, los prestadores de servicio de comunicación electrónica y los prestadores de servicio de catálogo de programas.

Asimismo, añade que las competencias sancionadoras en esta materia recaen, en el caso de medios de comunicación audiovisual de ámbito estatal, en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). En el caso de los servicios de comunicación audiovisual de ámbito autonómico, la competencia sancionadora corresponde a las comunidades autónomas, según precisa.

Igualmente, señala que debe tenerse en cuenta que la regulación del volumen de los anuncios es una «cuestión que viene condicionada por circunstancias técnicas» y las líneas de trabajo, que actualmente se siguen, tratan de establecer una «normalización o armonización de los estándares de sonido, así como fijar unos niveles máximos».

En el ámbito de la Administración General del Estado destaca los trabajos del Foro Técnico de la TDT, constituido en marzo de 2005 y auspiciado por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.

En este grupo de trabajo, en el que participan administraciones, operadores de TV, operadores de red, asociaciones de fabricantes, asociaciones de empresas instaladoras, colegios profesionales, medidores de audiencias, anunciantes, productores de contenidos, organizaciones de consumidores y centros tecnológicos, entre otros.

Este foro funciona a través de distintos grupos de trabajo y, en concreto, sostiene que el grupo de trabajo de audio realiza un seguimiento de los procesos de normalización técnica que en este contexto se llevan a cabo en el ámbito internacional y, a su vez, promueve la difusión y adopción de los estándares internacionales en la materia.

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