Sí, pero con condiciones. Esa es la respuesta que ha terminado dando el pleno de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a la compra del 56% de Distribuidora de Televisión Digital (DTS, para todo el mundo Canal+) por parte de Telefónica.
En total, el regulador le ha impuesto un total de condiciones que dice serán sometidas a estrecha vigilancia y que tendrán una vigencia de cinco años desde que la resolución del expediente sea firme en vía administrativa, prorrogables tres años más.
La operación aumenta el dominio en el sector de la televisión de pago de Movistar TV, que ya contaba con más de dos millones de abonados, al incorporar ahora a su gran rival, que le añadirá otro millón y medio de suscriptores, 100.000 más, por ejemplo, que los que suman el resto de los operadores. Telefónica acaparará el 80% de los ingresos del sector y el 70% de los clientes.
Entre esas condiciones destaca que los competidores podrán acceder a un máximo del 50% de los canales ‘premium’ que integran la oferta mayorista de Telefónica –los que cuentan con contenido de estreno en exclusiva o eventos deportivos como el Fútbol, Fórmula 1, Moto GP y los Juegos Olímpicos– a precios que aseguren la “replicabilidad” y eviten situaciones de “estrechamiento de márgenes”.
Contratos y usuarios
Telefónica deberá limitar a tres años la duración de sus contratos de adquisición de contenidos y renunciar a los derechos de adquisición preferente. Por su parte, la explotación en exclusiva de los contenidos que adquiera la compañía queda limitada a dos años y a determinados tipos de ventanas de emisión. Así, por ejemplo, las emisiones en video bajo demanda de películas y series de catálogo no tendrá exclusividad.
Tampoco podrá adquirir derechos exclusivos de emisión que no vaya a explotar, si bien estas condiciones no se aplican a sus producciones propias. En el caso de los canales editados por terceros operadores, Telefónica no podrá adquirir derechos de emisión exclusiva de estos canales editados por terceros.
Respecto a la retención y captación de usuarios, Telefónica deberá tramitar las solicitudes de baja de sus clientes en un periodo limitado que, por ejemplo, en clientes de servicios no empaquetados será de un máximo de 15 días y renunciará a la exigencia y aplicación de cláusulas de permanencia bajo “determinadas circunstancias”, evitando también prácticas de recuperación de “determinados” tipos de clientes durante un periodo limitado de dos meses desde la solicitud de la baja.
La multinacional española se compromete a asegurar el mantenimiento y cumplimiento íntegro de los contratos vigentes de Canal+ con otros operadores hasta que finalice la vigencia de los mismos y, una vez vencido el término del contrato, deberá prorrogar este servicio durante un plazo de seis meses, renunciando a realizar ventas “activas” a los clientes que contrataron este servicio con operadores intermediarios.
En lo que respecta al acceso a su red, Telefónica se compromete a prestar un servicio de acceso a su red de Internet en España con capacidad y garantías de calidad suficientes a terceros operadores y garantizará al menos 3 rutas de acceso a su red de Internet cuya congestión no podrá superar el 80%. La CNMC ha señalado que los compromisos aprobados permiten que los rivales de Telefónica puedan acceder a los clientes de banda ancha de esta compañía en condiciones que les permitan competir “eficazmente”.