Por mucho que tertulianos televisivos como Tomás Roncero aseguraran hace dos años que «el vídeo es una muestra clara del odio del Barcelona al Real Madrid», y que el club que preside Florentino Pérez demandara a la cadena autonómica catalana, a la que pidió nada menos que 6 millones de euros, el «caso de las hienas» ha terminado muy mal para la entidad madridista.
La culpable de ello ha sido la Audiencia de Madrid, que ha absuelto a TV3 de aquella demanda que alegaba una intromisión en el derecho al honor tras emitir un vídeo donde comparaba a jugadores madridistas con hienas, al estimar el tribunal que las imágenes “deben considerarse dentro del ámbito de la crítica admisible”.
Según ha informado TV3 en un comunicado, la Audiencia revoca así una sentencia de un Juzgado de Primera Instancia que condenó a la televisión pública catalana, junto a tres de sus ejecutivos, a pagar 20.000 euros al club blanco por la emisión de este vídeo el 13 de febrero de 2013 en un programa del canal deportivo Esport3.
En el vídeo, jugadores madridistas como Álvaro Arbeloa, Xabi Alonso, Pepe, Fabio Coentrao o Mesut Özil aparecían en una recopilación de faltas sobre jugadores del FC Barcelona mezcladas con imágenes de hienas y con una locución en la que se describía cómo estos animales van de caza
La entidad presidida por Florentino Pérez interpuso entonces una demanda por intromisión ilegitima en el derecho al honor del Real Madrid en la que solicitaba una indemnización de seis millones de euros, alegando eventuales perjuicios económicos.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid absuelve ahora a TV3 al no apreciar intromisión en el derecho al honor del Real Madrid al considerar que la cadena ejerció el derecho a la libertad de expresión en el ámbito de la crítica deportiva.
“Por más que pueda considerarse crítica mordaz, ni formal ni materialmente puede considerarse injuriosa, insultante, vejatoria ni denigrante» la emisión de las imágenes, que se enmarcan en un ámbito como el deportivo «cuyo carácter más desenfadado y pasional ha sido puesto de manifiesto en distintas resoluciones”, señala la resolución judicial.
Añade en este sentido que «la emisión de lances de juego discutidos y la imagen final del jugador Pepe caracterizado, deben considerarse dentro del ámbito de la crítica admisible, y de los estándares utilizados en la contienda deportiva, y más aún dentro del fútbol profesional, cuyos contornos vienen caracterizados por ser más distendidos que en otros ámbitos».
“Por ello —continúa la sentencia— ningún matiz vejatorio y denigratorio tienen para el club demandante, quien además no ha logrado acreditar la existencia de ningún perjuicio concreto derivado de la emisión del vídeo litigioso”.
La sentencia valora también el hecho de que el programa pidiera disculpas a aquellos que hubieran podido sentirse ofendidos. Ahora la pelota vuelve al tejado del club madridista, que podrá interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.