lunes, septiembre 23, 2024
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Eva Nasarre le saca 200.000 euros a la revista Lecturas

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Un personaje televisivo no tiene por qué ser famoso el resto de su vida. Eso al menos es lo que ha querido demostrar el Tribunal Supremo, que ha condenado a la revista Lecturas a indemnizar con 200.000 euros a la expresentadora de TVE Eva Nasarre, por publicar un reportaje fotográfico sobre su estado de salud cuando había dejado de ser famosa y después de expresar su decisión de no aparecer en los medios de comunicación.

La sentencia de la Sala de lo Civil rechaza el recurso de casación interpuesto por RBA Revistas S.L. contra el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a la editora por vulnerar el derecho a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de Eva Nasarre por unas fotografías publicadas en junio y en diciembre de 2012 sobre su vida privada. 

Esa publicación se produjo ocho años después de la última aparición pública de Nasarre, y en las imágenes aparecía la exconductora del espacio de aerobic Puesta a punto en silla de ruedas a causa de una enfermedad degenerativa, junto a otras imágenes de su etapa al frente del programa de aerobic que se emitía en los años 80.

Para el Tribunal Supremo, la información facilitada por Lecturas «carecía de interés público al referirse a una persona que había dejado de ser famosa, que no aparecía en los medios de comunicación, que no participaba desde hacía ocho años en el circuito rosa, y que en su última aparición en 2004 había manifestado expresamente que no volvería a conceder entrevistas».

La sentencia indica que la finalidad del reportaje era «mostrar el estado de deterioro actual de Doña Eva» y rechaza, en contra de lo que sostiene la condenada, que ofreciera información de su hijo, cuyas declaraciones aparecen de soslayo».

La presentadora había solicitado en su demanda 400.000 euros de indemnización por los dos reportajes, pero la sentencia de instancia la fijó en 200.000 euros, cantidad que para la Sala de lo Civil se ha fijado siguiendo los parámetros de la proporcionalidad, sin arbitrariedad alguna, con base probatoria suficiente y con determinación del nexo de causalidad que acredita el empeoramiento de su estado de salud como consecuencia de las publicaciones de la revista cuando comenzaba a mejorar en su evolución.

La sentencia añade que la editora de la revista persistió y volvió a recoger un nuevo reportaje sobre Eva Nasarre meses más tarde, que no añadía información pero que sí incrementaba el daño padecido, pese a que fue requerida para que dejase de publicar noticias sobre la presentadora.

M. A.

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