Como cantaba Loquillo, «los tiempos están cambiando, sin remisión». En TV, también, incluso en un apartado tan poco glamouroso como son las multas que el Estado impone a las cadenas por infracciones. Si hasta 2006, cuando se estableció que las televisiones estaban obligadas a anunciar su programación con tres días de adelanto y no con once como hasta esa fecha, era la contraprogramación la que conllevaba la mayoría de las sanciones, desde entonces éstas han tenido más que ver con temas publicitarios.
La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia), la misma que a finales de la pasada semana abría un expediente sancionador contra Atresmedia, supuestamente por haber emitido de manera inadecuada un emplazamiento de producto de diferentes marcas durante la emisión del programa Decogarden, se ha convertido ahora en una especie de tribunal de la censura y recaudatorio al mismo tiempo, muy especialmente para los tres grandes grupos.
Lo único que con el paso del tiempo no ha cambiado considerablemente es la cuantía de las multas, ya que, por ejemplo, los 350.000 euros que imponía el mismísimo Consejo de Ministros a Telecinco en 2004 por contraprogramar de forma reincidente, que en aquel entonces era la sanción más elevada que se podía imponer a una cadena de televisión por incumplir la norma que les obligaba a anunciar con once días de antelación sus programas, todavía no se ha superado.
Quizás por ello, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presentaba el pasado mes de febrero en el Congreso una proposición no de ley para endurecer el régimen sancionador de las televisiones que vulneren el horario de protección infantil o que superen el tope de tiempo de emisión publicitaria. Según esta iniciativa, «lo cierto es que las cadenas de televisión son reincidentes en estos incumplimientos y las sanciones que impone la CNMC les deben parecer irrisorias considerando los beneficios que obtienen, en particular, por las inserciones publicitarias irregulares».
Sanciones e infractores
Sí ha cambiado con el tiempo el nombre de la cadena que más infringe la ley, ya que si hasta ese 2006 era TVE quien encabezaba la lista de cadenas más multadas, algunos años casi doblaba a Telecinco, la cadena que ahora es la más sancionada de largo, principalmente por publicidad encubierta. Lo que quiere, entre otros, Podemos, es que la CNMC recaude más de esos tres millones de euros que ha recaudado durante los tres últimos años de los tres grandes grupos audiovisuales.
Alguno de ellos, como Atresmedia, casi ni se enteró de esas sanciones, ya que ‘sólo’ ha tenido que desembolsar 171.903 euros en multas de este tipo, tanto por sobrepasar el límite de tiempo establecido cada hora para publicidad como por haber emitido de manera inadecuada emplazamiento de producto de la marca 'Coca Cola' en la serie 'Velvet' (ese 'momento Cocacola' también había estado muy presente con anterioridad en otras ficciones como 'El barco'). Para CNMC había una prominencia indebida de la marca dentro del programa y una influencia en el guión, lo que incitaba directamente la compra del producto.
La que más ha pagado en multas por publicidad en ese periodo de tiempo ha sido Mediaset España, al que esas inserciones indebidas le han supuesto un desembolso de 1,7 millones de euros en este tipo de sanciones, pese a que ha sido el primer grupo en apostar por la autorregulación, al aportar por la estrategia voluntaria e individual de bloques publicitarios de 'prime time', en todas sus cadenas, que no excediesen de los seis minutos. Esa cantidad casi ha sido el doble de esos 908.698 euros pagados por RTVE, ya fuera por comunicación comercial encubierta o por exceso de autopromociones. Una cuarta parta de la misma, 222.600 euros tuvo que pagarla hace pocas fechas por haber emitido tres campañas publicitarias (Reloj Clan Watch, Zowi, el robot de Clan y Tableta Clan Motion Pro) incumpliendo la prohibición de emitir comunicaciones comerciales audiovisuales.
Esa cifra, 130.000 euros inferior a la de, por ejemplo, 2004, era la de mayor cuantía de los últimos años, superando los 219.342 euros que tuvo que pagar por publicidad encubierta de la marca Bodegas González Byass y de sus productos (vinos: Tío Pepe, Viña AB, Alfonso, Noé y Beronia) en el programa MasterChef, emitido el día 18 de mayo de 2016.
Hay que precisar que en la Ley General de Comunicación Audiovisual se establece que el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos. MasterChef, pese a tener la multa más alta, no ha sido el programa que más problemas de este tipo le ha dado a la Corporación. Ese 'honor' lo tiene 'La Mañana', que fue sancionado en noviembre de 2016 y, con anterioridad, en marzo de 2015, tanto por productos o servicios relacionados con la salud como por publicidad encubierta de una franquicia de gimnasios (Curves).
Y es que en los últimos años la CNMC viene persiguiendo con dureza el cumplimiento por parte de los operadores de la Ley de Comunicación Audivisual. Particularmente duras han sido las multas por emitir en horario protegido publicidad de bebidas alcohólicas, contenidos no aptos para menores y escenas de contenido sexual explícito; publicidad encubierta; pautar demasiados anuncios por hora; interrumpir excesivamente las películas o calificar incorrectamente los programas.
En los últimos años, las multas más elevadas han sido de 300.000 euros, 50.000 euros menos que, por ejemplo, las que se imponían hace trece años, algo que no sólo Podemos, sino también otros partidos políticos, consideran que es inaceptable, sobre todo teniendo en cuenta todo lo que ingresan los grandes grupos audiovisuales por publicidad, que les da para presentar balances positivos millonarios cada año.
M. A.