Policía podrá intervenir en los domicilios y denunciar a quienes realicen reuniones sociales o familiares

A través de un comunicado conjunto, precisaron que la Policía Nacional está facultada para intervenir en los domicilios y/o locales donde se incumpla lo dispuesto y que se denunciará penalmente a los infractores, de acuerdo con la normatividad vigente.

Asimismo, se informó que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional controlarán el distanciamiento social y aforo en los mercados, bancos y paraderos de transporte público, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios.

El Gobierno publicó el Decreto Supremo en el que -entre otras medidas- se restablece la inmovilización social obligatoria durante todo el día a nivel nacional para los domingos a partir de este 16 de agosto debido al incremento de casos de COVID-19.

Esos días solo podrán transitar personas que se dedican a:

- Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.

- Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

- Servicios de telecomunicaciones.

- Servicios funerarios.

- Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

- Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.

- Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

- Personal y vehículos de medios de comunicación.

- Vehículos oficiales de transporte de salud.

- Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Publico e INPE.

- Personal de empresas de seguridad.

- Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).

En cuanto a las empresas, estas deben otorgar a su personal una credencial (fotocheck) que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa. Además, deberán generar el pase laboral y/o vehicular de las personas y vehículos.

La Policía Nacional del Perú retendrá la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir e impondrá una multa de S/ 6,450 a las personas que transiten con su vehículo durante el horario de inmovilización social obligatoria (22:00 horas a 04:00 horas) y los domingos (desde las 22:00 horas del sábado hasta las 04:00 horas del lunes).

Asimismo, la Policía Nacional del Perú impondrá a toda persona que no acate estas medidas las multas establecidas por incumplir las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno.

 

Estrella Digital