viernes, noviembre 22, 2024
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El juez rechaza que el Girona se persone en el caso Oikos

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En una providencia fechada el viernes y a la que ha tenido acceso Efe, el magistrado Ángel de Pedro considera que el Girona «no tiene la cualidad de ofendido por el delito, al no ser titular del bien jurídico protegido, que es colectivo, la protección de la pureza de la competición deportiva cuando están juego intereses económicos».

También considera el juez que el club catalán no ostenta la cualidad de perjudicado por el hecho investigado porque «no ha sufrido menoscabo directo como consecuencia del presunto amaño» del partido de la trigésima octava jornada de la Liga, el que enfrentó al Valladolid y al Valencia.

Y eso es porque «aunque no se hubiera influido en el desarrollo del juego», con cualquier resultado «no hubiera cambiado su posición en la clasificación», argumenta el juez.

El juez, no obstante, sí que acepta la personación del Real Valladolid, en concepto de acusación particular como perjudicado, pero igualmente como responsable civil subsidiario.

El club catalán había solicitado que, por el presunto amaño del partido Valladolid-Valencia, se quitaran seis puntos al equipo pucelano y que o bien descienda a Segunda División o se admita de nuevo al Girona en Primera, que pasaría a tener veintiún equipos.

En la providencia, el juez aclara la situación del jugador del Getafe Samuel Saiz, a quien tiene por «comparecido y personado, en concepto de investigado por un presunto delito de corrupción entre particulares en relación con el deporte». 

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