La demanda contra la modificación de los Estatutos del Real Madrid, aprobada en la Asamblea General de Socios Compromisarios del 30 de septiembre de 2012 y que establecía, entre otras cosas, los nuevos requisitos para ser presidente del club blanco, ha sido desestimada por el Juzgado de Primera Instancia número 51 de Madrid, informa el Real Madrid en un comunicado.
En el fallo, la titular de ese Juzgado de 1ª Instancia Almudena Maricalva Arranz desestima la demanda presentada por Rafael Martínez Campillo y otros 14 socios más por entender que dicha modificación provocó que algunos candidatos no pudieran presentarse a las elecciones de 2013.
La modificación de los Estatutos del Real Madrid estableció que para ser presidente se debía ser socio, al menos, 20 años (antes eran 10) de forma ininterrumpida y que la Junta Directiva debía preavalar como mínimo un 15 por ciento del presupuesto general de gastos.
Para los demandantes, la ampliación de la antigüedad exigida para ser socio candidato suponía un «plazo excesivo sin razón objetiva» que justificara que el club restringiera un derecho fundamental como es el derecho de asociación de sus socios y se trataba de un «obstáculo ilegítimo» para impedir la renovación de la Junta Directiva y tenía como único objetivo asegurar su «permanencia indefinida».
En cambio, la juez considera que no puede sostenerse que fuera discriminatorio este cambio de Estatutos, pues el 84,85 por ciento de los socios reunía en 2013 la cualidad de ser miembro de la Junta Directiva, y el preaval ya se exigía desde 1992 y que las exigencias que se establecen están dirigidas a «garantizar la solvencia del club que la Ley del Deporte requiere».
La demanda fue interpuesta por Rafael Martínez-Campillo García, Francisco Bernabéu Canales, José Pina Mora, Marcelino Martínez García, Rodrigo Martín García, José Francisco Canales Amorós, Jaime Roque Canales Amorós, Antonio Calderón Espadas, José Manuel Soriano Espinosa, José Manuel Pérez Macía, Fidel Bernabéu Canales, José María Filgueiras Sánchez, Francisco Gaspar Riquelme Rubira, José Canales Pineda y Antonio Cascales Salinas, a los que se ha impuesto el pago de las costas procesales.