La Comisión Europea propuso este lunes reducir a siete días el plazo máximo en el que un Estado miembro estará obligado a pagar a los ahorradores el depósito mínimo garantizado en caso de quiebra de una entidad financiera, que asciende en la mayoría de países de la UE, entre ellos España, a 100.000 euros, según anunció el comisario de Mercado Interior, Michel Barnier.
El objetivo de esta medida es mejorar la protección de los ahorradores y preservar su confianza en el sistema financiero, evitando así retiradas masivas de depósitos bancarios.
En la actualidad, la legislación comunitaria y la española fijan un plazo máximo de tres meses para recuperar el dinero. A finales de 2010, este periodo deberá reducirse a entre cuatro y seis semanas.
Aun así, Europa estará lejos de la garantía que ofrece Estados Unidos, donde los ahorradores pueden acceder a su dinero en 48 horas. El nuevo plazo de 7 días se aplicaría a partir del 31 de diciembre de 2013.
Además, la nueva norma confirma que a finales de año todos los Estados miembros deberán haber aumentado la garantía mínima en caso de quiebra a 100.000 euros.
Este importe se fijó en 2008, durante el peor momento de la crisis financiera. Anteriormente, el mínimo garantizado era de 20.000 euros. Con este aumento, el 95% de los depósitos en toda la UE quedarán cubiertos.
Los fondos de garantía de depósitos seguirán siendo financiados por los bancos, pero las contribuciones se calcularán según el nivel de riesgo de cada entidad. El Ejecutivo comunitario quiere que hasta un 75% de estos fondos esté prefinanciado ‘ex ante’ de aquí a 2020.
Si resulta necesario utilizarlos, las entidades tendrán que realizar más pagos para cubrir el 25% restante. Si ello no es suficiente, se buscarán otros mecanismos de financiación como la emisión de bonos.
Barnier plantea asimismo aumentar de 20.000 a 50.000 euros el importe de la indemnización garantizada a los inversores en caso de que una empresa de inversión no esté en condiciones de devolver los activos que guarda en nombre de sus clientes o de reembolsarles el dinero por haber quebrado.
En este caso, el plazo máximo para pagar el dinero será de 9 meses tras la quiebra.
La Comisión quiere que los inversores también estén cubiertos si la empresa de inversión utiliza a un tercero como custodio de los activos del cliente y este custodio quiebra sin devolverlos; o si participan en fondos de inversión y registran pérdidas por la quiebra de un depositario o subcustodio del fondo.
«No queremos esperar un nuevo ‘caso Madoff’ para proteger mejor a los inversores contra el fraude, la negligencia o la incompetencia», argumentó el comisario en alusión al fiasco del inversor estadounidense Bernard Madoff en 2008.
Con todas estas medidas la Comisión pretende consolidar la «confianza» en todos los frentes: ciudadanos, consumidores, empresas y mercados.
«Ningún producto financiero, ningún actor financiero, ningún mercado, ningún territorio quedará al margen de una supervisión eficaz y de una regulación inteligente», advirtió el comisario, que garantizó su determinación para aplicar esta agenda «sin ninguna debilidad».
Finalmente, el Ejecutivo comunitario ha dado el primer paso, con una consulta pública, para elaborar una normativa a nivel de la UE, que no existe en la actualidad, sobre posibles indemnizaciones a los afectados por la quiebra de una compañía de seguros.
En la actualidad, sólo 12 Estados miembros, entre ellos España, tienen este tipo de esquema.