El Tribunal Supremo ha decidido condenar al actual consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, a ocho meses de prisión y a una pena de inhabilitación por la presentación de una querella falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993.
Así lo confirmaron fuentes jurídicas, que señalaron que los magistrados de la Sala de lo Penal acordaron hace tres semanas endurecer la pena que impuso la Audiencia Provincial de Barcelona en diciembre de 2009 a Alfredo Sáenz, al considerar no sólo que cometió un delito de acusación y denuncia falsa sino también un intento de estafa procesal, del que había sido absuelto.
La sentencia, que fue adelantada este lunes por el periódico El Mundo pero que no se hará publica por el Supremo hasta finales de enero por no estar redactada, sólo puede ser suspendida si el Tribunal Constitucional admite a trámite un posible recurso de Sáenz.
Según fuentes jurídicas, el Constitucional sólo acepta revisar una pequeña parte de las sentencias recurridas en amparo, ya que la mayoría no logra acreditar que se hayan vulnerado los derechos fundamentales de los condenados.
No obstante, con la sentencia del Supremo, el Banco de España podría obligar a Sáenz a dimitir de su cargo, de acuerdo con un Real Decreto de 1995 sobre Creación de Bancos y Otras Cuestiones Relativas al Régimen Jurídico de las Entidades de Crédito.
Según esta normativa, carecen de la honorabilidad exigida para ejercer la actividad bancaria «quienes tengan antecedentes penales» y, entre otros muchos supuestos, «los inhabilitados para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en entidades financieras».
Ejecutivos bancarios condenados
Tradicionalmente, los ejecutivos bancarios que han sido condenados por sentencia firme han tenido que abandonar sus puestos, como fue el caso en 2003 de Alberto Cortina y Alberto Alcocer, que entonces presidían el Banco Zaragozano.
No obstante, tras ser condenados por el Supremo, Cortina y Alcocer consiguieron eludir el ingreso en prisión al ser admitido a trámite el recurso que presentaron ante el Tribunal Constitucional, que finalmente les absolvió en febrero de 2008.
En cualquier caso, ni el banco Santander ni su presidente, Emilio Botín, comentaron hoy las posibles implicaciones de la sentencia del Supremo, ya que no se les ha notificado. «No tengo ningún comentario que hacer sobre una sentencia que no conozco», afirmó el presidente del Santander durante una visita a Cantabria.
Otras acusaciones
Los hechos, por los que también se condena al ex ejecutivo de Banesto Miguel Ángel Calama y al letrado Rafael Jiménez de Parga, se remontan a 1994, cuando Banesto emprendió una agresiva estrategia de recuperación de créditos dudosos.
En ese marco, el banco presentó a sabiendas de su falsedad una querella por estafa y alzamiento de bienes contra los empresarios Pedro Olabarría, Luis y José Ignacio Romero y Modesto González Mestre, a quienes reclamaba una deuda de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros).
El juez Luis Pascual Estevill admitió a trámite la querella y decretó medidas de prisión preventiva contra los cuatro industriales (lo que conllevó la condena del juez por prevaricación y detención ilegal por el Supremo en 1996).
Después de que esa causa fuera archivada, los empresarios y Rafael Pérez Escolar -ya fallecido y consejero de Banesto durante la etapa de Mario Conde- presentaron una querella, que sufrió diversos avatares hasta que en mayo de 2006 el Tribunal Supremo ordenó al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que continuara con su tramitación.
Audiencia Provincial de Barcelona
En diciembre de 2009, la Audiencia Provincial de Barcelona entendió que Sáenz y los otros dos condenados «tenían conocimiento de que los hechos imputados (a los empresarios) no eran ciertos, así como tampoco los de los escritos posteriores de ampliación de querella» y que actuaron de esa manera como «medida de presión» contra los industriales.
La interposición de la querella por parte de Banesto «obedeció al único propósito de recuperar unos créditos, de la forma que fuere, sin empacho alguno en formularla contra personas físicas que nada debían», criticaron los magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona.
Ese tribunal también impuso a Sáenz una multa de 9.000 euros, que se limita a 6.000 euros para los otros dos condenados, y les obligó a indemnizar a uno de los perjudicados con 100.000 euros en concepto de responsabilidad civil, en la que Banesto actuará de forma subsidiaria.
Las acciones del Santander bajaron hoy en Bolsa un 1,07, en sintonía con el selectivo IBEX 35.