domingo, noviembre 24, 2024
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Vuelven los permisos para los trabajadores rumanos

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La Comisión Europea dará este jueves luz verde a España para reintroducir los permisos de trabajo para los ciudadanos rumanos, según informaron fuentes europeas, aunque lo hará de manera de «temporal» y «condicionada».

La decisión debe ser ratificada aún el jueves por el colegio de comisarios, pero la propuesta conjunta del presidente de la Comisión Europea, Jose Manuel Durao Barroso, y del comisario de empleo, László Andor, lleva varios días sobre la mesa. La propuesta es permitir a las autoridades españolas suspender el libre movimiento de trabajadores para los ciudadanos rumanos «hasta finales del próximo año».

El Gobierno notificó al Ejecutivo comunitario hace dos semanas su intención de reintroducir los permisos de trabajo para los ciudadanos de este Estado miembro y basó su decisión en las dificultades del mercado laboral español.

Bruselas advirtió en un principio de que no se podían reintroducir restricciones a un país de la Unión Europea que ya se le habían levantado anteriormente, pero admitió que existen salvaguardas para especificidades muy concretas.

La Comisión Europea es «muy consciente de las dificultades que atraviesa el mercado laboral español», han señalado fuentes comunitarias este miércoles, para explicar que Bruselas vaya a aceptar finalmente la solicitud española.

En cualquier caso, se tratará de una autorización «condicionada» a una serie de requisitos y será de carácter temporal, hasta finales del próximo año, según las fuentes. La Comisión, además, realizará un informe de evaluación durante la aplicación de esta medida para asegurarse de que no se trata de una acción «desproporcionada».

El Ejecutivo comunitario debe pronunciarse sobre si autoriza o no la petición española, aunque la decisión final corresponde a los Estados miembros.

El Tratado de Adhesión de Rumanía a la UE permite que cuando un Estado miembro «sufra o prevea perturbaciones en su mercado de trabajo que puedan poner en grave peligro el nivel de vida o el índice de empleo en una determinada región o una determinada profesión» pueda pedir a Bruselas suspender la libre circulación de trabajadores.

El Ejecutivo comunitario debe adoptar una decisión sobre la suspensión, su duración y alcance, en un plazo de dos semanas y notificarla al Consejo. Cualquier Estado miembro puede pedir entonces su anulación o modificación. El Consejo se pronuncia entonces sobre dicha solicitud por mayoría cualificada. Es la primera vez que un Estado miembro pide que se active esta cláusula de salvaguarda.

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