La Agencia Tributaria prevé que se presenten 19,1 millones de declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondientes a 2011, de las que 14,6 millones (el 76,4%) serán con derecho a devolución, por un importe estimado de 10.955 millones de euros.
Asimismo, cuatro millones de declaraciones saldrán a declarar, por un importe estimado conjunto de 6.308 millones de euros. La campaña sobre el IRPF comenzará el 3 de mayo y finalizará el 2 de julio, aunque hoy comienza la descarga de datos fiscales y de borradores.
Hacienda pondrá a disposición de los contribuyentes más de 22 millones de borradores y datos fiscales.
Campaña de la renta 2011
Los contribuyentes podrán solicitar el borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2011 a partir de este martes y hasta el próximo 2 de julio de 2012, según la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda.
Además, la confirmación de dicho borrador o datos fiscales también podrá efectuarse, cualquiera que sea el resultado, a partir de esta misma fecha y hasta el 2 de julio de este año, ambos días incluidos.
El borrador se podrá obtener y confirmar por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.gob.es), aunque Hacienda enviará por correo ordinario el borrador los contribuyentes que no hayan recurrido a esta vía a partir del 3 de mayo, el día que arranca oficialmente la Campaña de Renta 2011.
Una vez que se reciba el borrador, se debe revisar, pudiendo en su caso completar o modificar la información recogida en el mismo antes de proceder a su confirmación. El plazo para la confirmación por vía telemática arranca también el 10 de abril y concluye el 2 de julio, aunque si se hace por otras vías el plazo comienza el 3 de mayo.
Si el resultado del borrador arroja una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación o suscripción del mismo no podrá realizarse más tarde del 27 de junio, salvo si se domicilia solo el segundo pago.
Como todos los años, podrán solicitar el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.