domingo, noviembre 24, 2024
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¿Han subido las grandes superficies los precios en julio y agosto?

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Consumidores en Acción reclama al Gobierno y las comunidades autónomas que investiguen la evolución de los precios de las empresas de distribución que están anunciando que no repercutirán la subida del IVA.

En rueda de prensa, el portavoz de FACUA, Rubén Sánchez, ha señalado que «la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), el Instituto Nacional del Consumo (INC) y los organismos competentes de las comunidades deberían estar controlando mediante muestreos cómo han variado los precios en agosto con respecto a julio».

«Numerosos consumidores nos están trasladando, y es un clamor en las redes sociales, que hay grandes empresas que acaban de incrementar los precios de muchos productos», señalaSánchez. «Habría que indagar en los motivos y verificar si todas esas subidas representan cantidades similares a las que dejarán de ingresar si congelan los precios de venta al público en septiembre».

«¿Debemos creernos que tantas grandes empresas van a dejar de ingresar los decenas o cientos de millones de euros cada año que representa la subida del IVA o en realidad hay quien está incurriendo en competencia desleal y cometiendo gran un fraude a los consumidores?», se ha preguntado el portavoz de FACUA.

Amenaza de ilegalización por movilizarse contra la subida

Sánchez ha recordado que las acciones de FACUA contra la subida del IVA -convocó un día sin compras el pasado 19 de julio- son uno de los motivos, junto a sus críticas a los recortes en la educación y la sanidad públicas, por los que el Gobierno ha amenazado con ilegalizar a la organización.

«Se trata de un chantaje que no tiene precedentes en nuestra democracia y un atentado contra la libertad de expresión, información y opinión», ha denunciado.

El IVA en los recibos y el error del ministro de Industria

El portavoz de FACUA también ha advertido que la asociación está recibiendo una avalancha de consultas de consumidores que están recibiendo facturas de luz, telefonía, gas y otros suministros en las que ya se refleja la subida del IVA.

Sánchez ha recordado que no se trata de ningún fraude, como creen muchos usuarios y como el propio ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, dijo por error hace unos días, aumentando la confusión.

Soria dijo que el Gobierno va a «velar» por que en los recibos que las empresas emitan a partir del 1 septiembre por consumos realizados antes de esa fecha no se caiga en la»tentación» de aplicar el nuevo aumento del IVA, y previene de las «consecuencias» de hacerlo.

«Decimos abiertamente que quienes tengan la tentación de caer en un tipo de prácticas aprovechándose de una subida del IVA para repercutir ese aumento en consumos que se hayan hecho con anterioridad al 1 de septiembre, que es cuando entra en vigor, tendrán que asumir las consecuencias de esa conducta, que es absolutamente reprobable», afirmó el ministro.

El portavoz de la asociación ha señalado que «FACUA lamenta el desconocimiento del ministro sobre cómo regula la aplicación del impuesto la Ley del IVA de 1992 y lamenta más aún que no haya rectificado públicamente su error».

Y es que ningún gobierno ha querido modificar hasta la fecha el artículo 75 de la Ley el IVA, que señala que las facturas de suministros de tracto sucesivo como el agua, la luz, el gas, la televisión, la telefonía o el acceso a Internet se cobrarán aplicando el impuesto vigente en el momento en que se genere la obligación del pago de las mismas.

«Aunque los consumidores reciban facturas estén recibiendo facturas fechadas en agosto, si en ellas se indica que su abono se tendrá que efectuar a partir de septiembre no hay ilegalidad alguna en que aparezca el IVA al 21% en luz, gas, telefonía e Internet o al 10%% en el suministro de agua», ha indicado Sánchez.

Sólo habría un fraude si una compañía retrasase la fecha habitual de pago para cobrar el nuevo IVA. Fecha que los usuarios pueden verificar mirando recibos de periodos anteriores.

De hecho, una resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas fechada el pasado 2 de agosto recuerda esta circunstancia: «resultará plenamente ajustado a Derecho el gravamen a los nuevos tipos impositivos cuando se trate de contraprestaciones exigibles contractualmente con posterioridad al 31 de agosto de 2012, aun cuando se trate de servicios o suministros que se correspondan con periodos de consumo anteriores a esa fecha, pero cuya exigibilidad del precio sea posterior a la misma».

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