El Banco de España dejará de cambiar pesetas a euros de forma definitiva el día 31 de diciembre de 2020, por lo que los españoles aún tienen algo más de ocho años para retornar los 282.523 millones de la antigua moneda nacional y conseguir los 1.698 millones de euros que valen hoy en día.
La fecha de validez final de las pesetas ha sido incluida en una enmienda presentada por el PP al proyecto de ley de Saneamiento y Venta de los Activos Inmobiliarios del Sector Financiero, que recoge Europa Press, con el argumento de que, «habida cuenta del tiempo transcurrido ya desde la introducción del euro» es conveniente establecer un límite al canje.
Así, la Ley de Introducción del Euro será modificada una vez se incorpore esta enmienda al proyecto normativo para determinar que «el periodo de cambio de billetes y monedas de pesetas a euros en el Banco de España finalizará el 31 de diciembre de 2020. Después de esta fecha no será posible realizar el canje de billetes y monedas de pesetas a euros».
Un millón de euros canjeados en julio
Y es que, según datos del Banco de España, los españoles aún conservan en su poder un total de 1.698 millones de euros en pesetas sin canjear, el equivalente a 282.523 millones de pesetas, de los que 888 millones de euros (147.751 millones de pesetas) se guardan en billetes, y 810 millones (134.722 millones de pesetas) en monedas.
De hecho, en el mes de julio se canjeó un millón de euros en billetes (166 millones de pesetas), en línea con lo que viene ocurriendo en los últimos meses, donde el cambio a pesetas se está produciendo a razón de un millón de euros por mes. En el caso de las monedas, en julio no se registraron movimientos de canje.
En 2011, la conversión se realizó principalmente a través de billetes, que pasaron de los 909 millones de euros en diciembre de 2010 (151.245 millones de pesetas) a 895 millones de euros (148.915 millones de pesetas) un año después. Por su parte, el montante en monedas pasó de los 813 millones de euros (135.272 millones de pesetas) a los 811 millones de euros (134.939 millones de pesetas).
El Gobierno español fijó en tres meses el periodo de convivencia para ambas monedas: desde el 1 de enero de 2002, cuando el euro llegó al bolsillo de los españoles, y hasta el 31 de marzo del mismo año. Desde entonces y hasta el siguiente 30 de junio, se estableció un periodo de canje de las monedas y de los billetes en pesetas en las oficinas bancarias. A partir del 1 de julio de ese año, los españoles tienen que acudir al Banco de España si aún conservan la antigua divisa nacional.
El banco emisor estima que el 45% de las monedas en pesetas que estaban en circulación antes de la entrada del euro nunca serán estregadas al Banco de España para su canje porque permanecerán en manos de los españoles como pieza de coleccionismo, o bien por deterioro, pérdida o salida del país en los bolsillos de los turistas.
Detectar billetes falsos
Por otra parte, el PP ha aprovechado sus enmiendas a la reforma financiera del pasado mes de mayo para modificar otros aspectos de la normativa de billetes y monedas de curso legal con el objetivo de «incorporar el régimen sancionador por incumplimiento» de las obligaciones impuestas por el Reglamento europeo relativo a la Autentificación de las Monedas de euros y al Tratamiento de Monedas en Euros no aptas para la Circulación.
Así, se fijan las competencias del Banco de España en materia de autentificación y tratamiento de las monedas no aptas para la circulación, por lo que se encargará de recibir las piezas presuntamente falsas o no aptas para el curso corriente, realizará las pruebas pertinentes y redactará los informes. Lo mismo es válido para los billetes, sobre los que el órgano supervisor elaborará estadísticas.
Además, deberá encargarse de la formación del personal, de los controles a las entidades financieras, de la retirada y reembolso de las monedas no aptas, de controlar las monedas que representen riesgo sanitario, y del empaquetado y etiquetado de las mismas. Para realizar estas tareas «podrá formalizar convenios y acuerdos con terceros».
Se considerará infracción administrativa grave -con multa de entre 30.000 euros y un millón de euros- el que las entidades bancarias no garanticen la autenticidad de las monedas y billetes que pongan en circulación, que no detecten las falsificaciones y las saquen del curso corriente, y que no entreguen esos falsos «con demora» al Banco de España. También se podrán imponer sanciones de hasta un millón de euros a quienes usen la imagen de los billetes para publicidad sin autorización expresa.
Para detectar las infracciones, el Banco de España podrá realizar inspecciones in situ en las entidades para controlar las máquinas de tratamiento de billetes y su capacidad para detectar falsificaciones; llevarse muestras y exigir medidas correctoras.
Finalmente, con el objetivo de adaptar la Ley de Autonomía del Banco de España a la doctrina emanada del Banco Central Europeo (BCE), los ‘populares’ proponen en una enmienda «despejar las eventuales dudas que pudiesen suscitar las causas de cese» del gobernador y el subgobernador del órgano supervisor eliminando el límite de edad para ser miembro de algún órgano de gobierno. Además, se prohíbe expresamente ocupar ambos cargos de forma simultánea.