Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recuerdan que mañana, 2 de abril, se inicia la Campaña de la Renta 2012 con la petición y confirmación del borrador, y apuntan que estará marcada por la subida del IRPF y de la fiscalidad a las rentas del ahorro, así como por la posibilidad de deducir las pérdidas originadas por el juego en bingos y casinos.
Aunque la campaña presencial comenzará oficialmente el 6 de mayo, Gestha recuerda que quienes no quieran esperar a recibir el borrador por correo postal podrán consultarlo a través de Internet y confirmarlo a partir de mañana mismo si están de acuerdo con los datos facilitados por la Agencia Tributaria.
En esta campaña, como novedad, se adelanta el plazo para presentar la declaración por internet al 24 de abril y también se amplía el colectivo de contribuyentes que puede utilizarlo como base. Sin embargo, se retrasa al 13 de mayo el plazo para presentar las declaraciones a través del programa de ayuda de la Agencia Tributaria, el programa PADRE.
Los técnicos de Hacienda subrayan además que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias –como el alquiler de vivienda habitual– o realizar cambios en los tipos del IRPF, por lo que afirman que conviene estar al tanto de las peculiaridades propias de cada región.
Entre las principales novedades a tener en cuenta, recuerdan que las personas que hayan realizado aportaciones a planes de pensiones deben revisar con detenimiento su declaración, sobre todo para los ejercicios fiscales de 2012 y 2013, años en los que se han aumentado los impuestos sobre la renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo del nivel de ingresos.
Asimismo, señala que el fin de la deducción por compra de vivienda no afecta a la Campaña de la Renta de 2012, ya que este cambio se aplica a las viviendas adquiridas a partir del 1 de enero de este año, por lo que los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda antes o que ya hayan realizado algún pago para su construcción, mantendrán el derecho a la desgravación en el futuro.
Por otro lado, los técnicos de Hacienda destacan que desde julio de 2012 desapareció la compensación fiscal para todos los contribuyentes que compraron una vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006, que podía llegar hasta 225 euros por cada uno de los declarantes que compraron vivienda antes de esa fecha.
Deducir obras
Hacienda también ofrece la posibilidad de desgravación a aquellas personas que hayan ampliado la superficie habitable de la vivienda o hayan llevado a cabo obras para su rehabilitación o adaptación para las personas con discapacidad. A partir de este año ya no se concederán más estas ayudas.
En estos casos, se pueden deducir los importes pagados antes del término del 2012 y siempre que las citadas obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017. La desgravación asciende al 15% del importe invertido, con un límite de inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20% (un 25% en Cataluña), con un límite de 12.080 euros.
Gestha también subraya una ventaja fiscal que pasa «desapercibida con bastante frecuencia» y que consiste en que la compra de cualquier inmueble urbano realizada entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012 tiene «premio», ya que por su venta posterior (no necesariamente en 2012), se puede lograr un ahorro del 50% respecto a la tributación que correspondería en dicho año. Eso sí, para evitar fraudes no se admiten adquisiciones a cónyuges, parientes hasta segundo grado y entidades relacionadas con el contribuyente.
Por otro lado, este año si se han realizado reformas u obras en viviendas –salvo las dedicadas a actividades económicas–, se puede optar a una deducción. Esta deducción está abierta a la mayor parte de los contribuyentes, ya que el límite de renta para poder aplicarla es de 71.007,2 euros, aunque a partir de 53.007,2 euros la deducción decrece progresivamente, siendo su cuantía cero para rentas superiores a 71.007,02 euros.
Otra de las principales novedades de esta campaña es que se podrán compensar las ganancias del juego obtenidas desde el 1 de enero de 2012 en casinos, bingos o máquinas recreativas con las pérdidas obtenidas durante el mismo periodo, sin que en ningún caso las pérdidas superen las ganancias. Esta norma no afecta a las ganancias obtenidas de los premios de Loterías y Apuestas del Estado, los premios de las comunidades autónomas, la Cruz Roja, la ONCE y los premios europeos como el Euromillones..
Se adelanta una semana
Otra de las novedades es que este año la Agencia Tributaria ha adelantado una semana la petición y confirmación del borrador y de los datos fiscales con respecto a la campaña anterior, cuando el plazo se abrió el 10 de abril.
En la misma línea, el organismo también ha adelantado una semana la Campaña de la Renta para las declaraciones que se presenten por Internet, que podrán presentarse a partir del 24 de abril, frente al plazo oficial que comienza el 6 de mayo y concluye el 1 de julio.
Aunque el borrador se podrá obtener y confirmar por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.gob.es), Hacienda enviará por correo ordinario el borrador los contribuyentes que no hayan recurrido a esta vía a partir del 6 de mayo, el día que arranca oficialmente la Campaña de Renta.
Quiénes tienen que declarar
En cuanto a los obligados a declarar, se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.