El Gobierno prevé recaudar 264 millones de euros adicionales a través del incremento del IVA a ciertos productos sanitarios, decisión que se deriva de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), así como 41 millones adicionales por gravar ciertos servicios de fedatarios públicos como los registradores mercantiles o de la propiedad. El impacto del resto de cambios en el IVA no se puede cuantificar.
Así consta en la memoria de impacto económico que acompaña al proyecto de ley de modificación del IVA, del régimen económico fiscal de Canarias, de los Impuestos Especiales y de ciertas medidas en materia de fiscalidad ambiental, que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de agosto y que forma parte de la reforma fiscal que se tramitará en el Congreso a partir de septiembre.
Según dicho documento, el objetivo fundamental del proyecto de ley es ajustarse a la directiva comunitaria de IVA, conseguir mayor seguridad jurídica y prevenir y luchar contra el fraude fiscal, así como cumplir una sentencia europea sobre el IVA de los productos sanitarios que, de hecho, es la modificación que tendrá «mayor impacto» recaudatorio.
Más de 300 millones de mejora
Y es que el Tribunal de Luxemburgo obliga a España a elevar del 4% al 21% el tipo aplicable a ciertas sustancias medicinales y principios activos; y del 10% al 21% las sustancias medicinales y equipos médicos de uso veterinario. También subirá del 10% al 21% el tipo de los equipos médicos, aparatos y productos sanitarios de uso médico y hospitalario.
No obstante, se mantiene el tipo reducido (10%) para compresas, tampones, protegeslips, preservativos, anticonceptivos no medicinales, gasas, vendas y medicamentos (salvo medicamentos de uso humano, fórmulas galénicas, formulas magistrales y preparados oficinales, que mantienen el 4%), así como para los productos diseñados para tratar deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales de uso personal y exclusivo, como gafas y lentes de contacto graduadas, sistemas de incontinencia urinaria y fecal, sillas de ruedas, muletas o andadores.
También se seguirá aplicando el 4% de IVA a las prótesis, órtesis e implantes internos, determinados vehículos para personas con movilidad reducida y transporte de personas con discapacidad en sillas de ruedas.
Con estos cambios, el Ejecutivo prevé un incremento recaudatorio total en el IVA de 264 millones de euros el año que viene, a los que habrá que sumar 41 millones de euros más derivados de la aplicación del tipo general (21%) a ciertos servicios de intervención en operaciones financieras prestados por fedatarios públicos como los registradores mercantiles o de la propiedad, operaciones que hasta ahora estaban exentas.
En total, el aumento de la recaudación por IVA el año que viene podría superar los 300 millones de euros, aunque el Ejecutivo también apunta que las nuevas reglas de inversión del sujeto pasivo en el pago del IVA en ciertos sectores podría generar mayores recursos públicos al ayudar en la lucha contra la economía sumergida.
Medidas «sin precedentes»
Sin embargo, la mayor parte de las medidas incluidas en este proyecto de ley no tienen «precedentes» en España, dice el Ejecutivo, por lo que «no resulta factible su evaluación cuantitativa a priori con un mínimo grado de fiabilidad».
Es el caso de la nueva estructura del Impuesto Especial sobre la Electricidad, que aunque reduce la base imponible para las actividades industriales que son grandes consumidoras de energía afectará a un número «reducido» de empresas, por lo que «no se espera una minoración significativa de los ingresos públicos».
Tampoco resulta «factible» evaluar cuantitativamente el impacto del cambio en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, aunque las nuevas exenciones tendrán un impacto «poco significativo»; mientras que el cálculo del impacto de los cambios en el Impuesto General Indirecto Canario corresponde al gobierno autonómico que es el que recauda este gravamen.
En cualquier caso, el Ejecutivo sí cree que los cambios aportarán una «eventual mejora de los ingresos tributarios» que permitirán reducir el déficit y, con ello, «estimular la economía y/o posibilitar la minoración de los tipos impositivos», lo que tendría un impacto positivo en la renta disponible de las empresas y las familias y, por ende, en el consumo y la inversión.
Cargas administrativas
Con los mismos argumentos, la memoria de impacto elaborada por el Gobierno no cuantifica tampoco las nuevas cargas administrativas a las que deberán hacer frente los contribuyentes a resultas de los cambios en los diferentes impuestos incluidos en este proyecto de ley.
Y es que en la mayor parte de los casos –régimen opcional de tributación del IVA establecidos en otros estados miembros, nuevos límites para acogerse al régimen especial simplificado o agrario del IVA, Impuestos Especiales de Fabricación o Impuesto Especial sobre la Electricidad– el Ejecutivo no dispone de datos sobre el número de beneficiarios, por lo que «no puede realizarse una valoración económica de las cargas administrativas que se reducen» o de las nuevas obligaciones formales que deberán asumir, según cada caso.