viernes, octubre 4, 2024
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Da comienzo la campaña de la Renta 2016

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Arranca la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2016. Este miércoles 5 de Abril comienza el plazo para hacer la recapitulación fiscal por parte de los contribuyentes que, según informan desde GESTHA (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda), no encontrarán grandes modificaciones normativas ya que al estar el Gobierno en funciones a penas ha habido actividad legislativa.

Pese a esta escasez en reforma fiscal, hay una novedad a tener en cuenta que puede cambiar el resultado de la declaración para muchos contribuyentes. Se añade una nueva disposición adicional que tiene como finalidad regular los efectos fiscales derivados de la devolución de las cláusulas suelo, tanto si la devolución de las cantidades deriva de un acuerdo celebrado entre las partes como si es consecuencia de una sentencia judicial o de un laudo arbitral.

Otra novedad en la campaña de este año es la desaparición del programa PADRE. La Agencia Tributaria (AEAT) lanza en su lugar el sistema Renta web, un nuevo servicio de ayuda para tramitar y presentar la declaración de Renta, que aúna las ventajas de los dos principales servicios de ayuda que existían anteriormente, simplicidad del borrador y amplitud del PADRE. El contribuyente accede directamente al servidor de la AEAT y añade cualquier dato/renta, de forma que puede tramitar su borrador/declaración para todo tipo de rentas. La principal ventaja de este sistema es que permite hacer la declaración tanto desde el ordenador como desde el smartphone o tablet.

La última novedad de la que informa la AEAT sobre autoliquidación es que se ha incorporado un apartado específico para solicitar la rectificación de autoliquidaciones de forma que si el contribuyente marca la casilla 127 de solicitud de rectificación, la autoliquidación hace las funciones de solicitud de rectificación de autoliquidación.

Fechas a tener en cuenta

La campaña de este año empieza el 5 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, ambos inclusive, con lo que los contribuyentes tendrán casi tres meses para presentar su declaración. Si se opta por solicitar los servicios de ayuda de la Agencia Tributaria estatal, y acudir en persona a sus oficinas, el plazo va desde del 11 de mayo hasta el 30 de junio.

5 de abril: Inicio de la campaña. Disponibles los servicios telemáticos y el servicio de la campaña. Disponibles los servicios telemáticos y el servicio telefónico de información de renta. Inicio del plazo de presentación de declaraciones.

4 de mayo: Inicio servicio de cita previa.

11 de mayo: Inicio de la atención presencial, confección/modificación y presentación borradores/declaraciones en oficinas.

26 de junio: Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.

29 de junio: Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas.

30 de junio: Fin de la campaña. Último día para presentar borradores/declaraciones de Renta 2016 y Patrimonio 2016.

6 de noviembre: Último día para realizar el pago del segundo plazo de la cuota del Impuesto sobre la Renta.

¿Estoy obligado a presentar la declaración de la renta?

Gestha recuerda que no están obligados a presentar la declaración los contribuyentes que perciban salarios inferiores a los 22.000 euros brutos anuales. Eso sí, siempre y cuando procedan de un solo pagador o si, procediendo de varios, la suma de lo ingresado por parte del segundo pagador y del resto no excede los 1.500 euros al año. En caso contrario, si supera esta cantidad, el límite no obligado será de 12.000 euros brutos anuales, en lugar de 22.000 euros.

Beatriz Jiménez

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