El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes la resolución del Ministerio de Sanidad que modifica el anexo a la orden del 31 de mazo por la que establecían como servicios esenciales determinados centros, servicios y establecimientos sanitarios.
En esta orden se incluía a los centros de reconocimiento como actividad esencial, dentro de la categoría de proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento.
Sin embargo, la modificación publicada este martes señala que «como consecuencia de las diferentes modificaciones operadas en orden a posibilitar la prórroga de la vigencia de los distintos permisos y licencias, condicionados a la emisión previa del correspondiente informe de aptitud psicofísica, procede excluir la consideración de esencial de los centros de reconocimiento».
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