Según los datos del Gobierno recogidos en una respuesta escrita al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez consultada por Servimedia, desde que entró en vigor el control horario el año pasado y hasta principios de este mes se han realizado casi 14.500 expedientes en los que en su mayoría se ha efectuado también el control sobre el registro de jornada.
Además, el Gobierno indica en su respuesta que el número de expedientes referidos a la obligación de registrar el horario laboral asciende a 2.915.
El diputado de Unidas Podemos también pide conocer las horas extraordinarias fraudulentas que se han evitado con la norma, a lo que el Ejecutivo le responde que no dispone de una estimación.
El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo incluyó, entre otras medidas, la obligatoriedad del registro de tiempo de trabajo.
Este registro horario se aplica a todos los trabajadores, al margen de su categoría o grupo profesional, y en todos los sectores de actividad y empresas, siempre y cuando estén incluidas en el ámbito de aplicación que define el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, lo que incluye al teletrabajo y otras fórmulas de horario flexible, al igual que a trabajadores móviles como los comerciales. Las únicas excepciones son determinadas relaciones laborales de carácter especial, como el personal de alta dirección.
L.N.