viernes, noviembre 22, 2024
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La Ley de Vivienda pasa al Congreso tras recibir el aval del Gobierno

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Será la primera ley que regule este derecho constitucional en democracia, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, que ha defendido que el contenido respeta, en todo momento, las competencias autonómicas.

La futura norma irá encaminada a reforzar los parques públicos de vivienda y favorecer el acceso a ella a través de instrumentos que incrementen la oferta a precios asequibles.

En concreto, persigue satisfacer la necesidad de vivienda de los colectivos más desfavorecidos, en situación de vulnerabilidad o exclusión social y, con carácter general, de aquellos que tengan mayores dificultades, como son los jóvenes.

Sánchez ha calificado de «imprescindible» el contenido de la norma, que viene a solucionar problemas ante los que «el mercado se ha mostrado ineficaz».

En esta misma línea se ha expresado la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, que cree que se ha dado el primer paso para «dejar atrás las burbujas inmobiliarias, la especulación y los pelotazos urbanísticos».

«Sabemos que va a ser difícil porque los intereses económicos y políticos son muy fuertes, pero era absolutamente imprescindible», ha añadido.

Para Belarra, España es «una anomalía en Europa», donde países como Francia «tienen siete veces más viviendas sociales».

Por ello ha celebrado una de las medidas que ahora verá el Congreso y que consiste en «reservar obligatoriamente el 30 % de cualquier promoción a vivienda protegida».

Esto evitará «que se hagan ‘ghettos’ y hará que estas viviendas estén repartidas por igual por diferentes barrios».

LAS NOVEDADES DE LA LEY

El Ejecutivo identifica casi una veintena de novedades de calado, la primera es que con esta ley no se podrá volver a enajenar el parque público de vivienda social, considerado como un patrimonio permanentemente sujeto a protección.

En segundo lugar se establece una calificación indefinida de vivienda protegida, garantizando siempre, al menos, un periodo de treinta años.

Del mismo modo, se introduce el concepto de vivienda asequible incentivada, una figura «necesaria» para incrementar la oferta a corto plazo que pretende favorecer la participación del sector privado y del tercer sector a través de la instrumentación de beneficios de carácter urbanístico y fiscal, entre otros.

Con todo, uno de los puntos que concita mayor atención es la declaración de zonas de mercado residencial tensionado por parte de las Administraciones competentes en esta materia.

La norma estatal incorporará un procedimiento de declaración basado en criterios objetivos, según los cuales se aplicarán las medidas encaminadas a equilibrar y rebajar los precios del alquiler en las áreas tensionadas.

Vinculado a ello, se incorpora la definición de grandes tenedores con carácter general, entendiendo a éstos como la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados, de idéntico uso.

CONTENCIÓN DE LOS PRECIOS DEL ALQUILER

En materia de precios del alquiler de vivienda, el proyecto establece nuevos mecanismos de contención o bajada, a través de la mejora del marco fiscal, presupuestario, o de gestión patrimonial, y de regulación en las áreas tensionadas.

Igualmente se plantea una mejora de la regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, con lo que establece en los nuevos contratos un porcentaje de reducción del 50 %, que podrá incrementarse según varios criterios.

En materia de desahucios, mejoras en el procedimiento en situaciones de vulnerabilidad para garantizar una comunicación efectiva entre el órgano judicial y los servicios sociales, y se asegura que éstos puedan ofrecer soluciones habitacionales a los afectados.

Como ha comentado Belarra, la ley establece además un porcentaje mínimo del 50 % para vivienda protegida en alquiler dentro del suelo de reserva para este tipo, y clarifica la posibilidad de que la legislación urbanística pueda fijar una reserva del 30 % en suelo urbanizado.

La regulación de los alquileres, uno de los puntos más polémicos, prevé la limitación de rentas para las personas jurídicas (empresas e instituciones) propietarias de más de diez viviendas en las zonas que los gobiernos regionales declaren tensionadas, en función de un índice de precios que se elaborará en un plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la ley.

Fuentes del Ministerio han indicado que mientras que este índice no esté listo, no se podrá aplicar a los grandes tenedores, sobre los que, no obstante, sí que recaerán medidas generales como la referencia a contratos anteriores.

El resto del contenido entrará en vigor una vez que el texto se apruebe y publique, a excepción de las medidas fiscales, que lo harán a partir del 1 de enero del año siguiente por cuestiones administrativas.

EL SECTOR RECHAZA LA LEY

Tras conocer la noticia, profesionales de distintos ámbitos relacionados con el mercado inmobiliario han criticado el proyecto, el cual, sostienen, reducirá la oferta y podría elevar los precios del alquiler en vez de rebajarlos.

«Tenemos un ejemplo muy cercano como es Cataluña, que desde septiembre de 2020 en el que se intervinieron los precios de los alquileres, éstos han subido más que en otras comunidades autónomas», advierte la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA).

SOBRE EL INFORME DEL CGPJ

El proyecto también ha tenido en cuenta algunas de las críticas del informe desfavorable emitido la semana pasada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

«Lo analizamos con detenimiento y se han incorporado algunas de las observaciones que mejoran la ley desde el punto de vista de la técnica normativa», esto es «que aclaran el entendimiento entre competencias del Estado y de las comunidades autónomas», ha detallado la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Aún así, ha querido recalcar que «delimitar el campo de actuación del Estado para conformar parques públicos de vivienda y fijar patrones para promocionar casas dignas y asequibles a los más vulnerables y débiles, no invade competencias autonómicas». 

 

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