Madrid, 4 sep (EFE).-La Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) ha observado un vacío legal en el último real decreto de 1 de marzo en relación con los arrendamientos firmados por periodos iniciales por encima de los 5 años (persona física) o 7 años (persona jurídica), en los que cree que se podrían exigir fianzas superiores.
El real decreto ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler limita las fianzas a un mes, excepto en los contratos de larga duración que en total es de tres meses como máximo.
La ANA ha indicado que existe un vacío en la norma que posibilita a los propietarios aumentar “sin límite estas garantías”.
Según el director general de esta agencia, José Ramón Zurdo, en los arrendamientos que se firmen por periodos iniciales de más de cinco o siete años «sería perfectamente posible exigir a los inquilinos más garantías económicas de las que permite» el decreto analizado.
Ha añadido que también se podrían incluir en este grupo de arrendamientos de larga duración aquellos que se suscribieran por un año prorrogable hasta seis.
Zurdo ha criticado la norma y ha recordado que para los alquileres con menor duración «se posiciona claramente a favor de los inquilinos, aumentando el riesgo para los arrendadores cuando las garantías aprobadas se vuelven claramente insuficientes para cubrir deudas o deficiencias cuyo importe supera al de estas garantías”. EFE