El pasado 12 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el modelo 718 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, cuyo período de liquidación se extenderá del 1 al 31 de julio.
Esta medida de carácter temporal busca repartir de una forma más justa los efectos económicos que se han derivado para la sociedad de la guerra en Ucrania. Por ello, aquellas personas cuyo patrimonio neto supere los tres millones de euros, tendrán que abonar este tributo.
Claves de este nuevo impuesto
Este impuesto se creó a través de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, publicada en el BOE de 28 de diciembre de 2022.
En principio, solo se va a aplicar respecto a los ejercicios de 2022 y 2023, aunque el legislador ha dejado la puerta abierta a que al final de este período de tiempo se pueda abordar su posible mantenimiento.
Desde que fue propuesta por el Gobierno, esta media ha estado rodeada de polémica, y desde el PP han anunciado ya que, si ganan las próximas elecciones, dejarán sin efecto esta medida.
Complementario al Impuesto sobre el Patrimonio
El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas es complementario al Impuesto sobre el Patrimonio, cuyo importe ingresan totalmente las comunidades autónomas y que, en muchos casos, está bonificado.
Lo que el contribuyente ya haya pagado como Impuesto sobre el Patrimonio se le va a descontar de este nuevo tributo. Se busca así evitar que los obligados tributarios tengan que pagar dos veces por el mismo patrimonio y concepto.
El tipo del impuesto es de un 1,7% para los patrimonios que van de tres a cinco millones de euros, y del 2,1% para patrimonios que oscilen entre cinco y 10 millones de euros. Los patrimonios superiores a 10 millones de euros tributarán al 3,5%.
Desde el Ministerio de Hacienda se ha destacado que «este impuesto garantiza que todas las grandes riquezas contribuyan al sostenimiento del Estado de bienestar».
¿Quiénes son los obligados por este impuesto?
Son sujetos pasivos de este nuevo tributo aquellos que tienen la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre el Patrimonio.
Este último está bonificado en muchas comunidades autónomas. En el caso de la Comunidad de Madrid y de Andalucía, esa bonificación es del 100%. Por lo que se prevé que la medida afecte especialmente a aquellos que se están beneficiando de una bonificación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
De ahí que algunos expertos consideren que esta medida va a producir, aunque sea de forma indirecta, una armonización fiscal entre las comunidades autónomas.
Otras reformas fiscales en este 2023
La puesta en marcha del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas no es la única medida de carácter fiscal que se ha aplicado en los últimos meses.
También a finales de 2022, se produjo una rebaja del IRPF para las rentas inferiores a 21.000 euros, que es el salario medio en España.
Y desde el 1 de enero está en vigor una rebaja del IVA de los alimentos básicos, el aceite y la pasta, medida que ya se ha confirmado que se extenderás más allá del próximo 30 de junio.
Por otro lado, se ha producido una rebaja del Impuesto de Sociedades para las pymes, que ha pasado del 25% al 23% cuando la cifra de negocio sea inferior al millón de euros en el período impositivo inmediatamente anterior.
Y se ha elevado un punto, hasta el 27%, la tributación de las plusvalías que superen los 200.000 euros. Aquellas que superen los 300.000 euros tributarán un 28%, dos puntos más que el año pasado.
Otros nuevos impuestos que han llegado este año son el Impuesto a la Banca, y el Impuesto Extraordinario a las Empresas Energéticas.