Durante el Consejo de Ministros celebrado este martes, el Gobierno ha aprobado la eliminación del despido automático en casos de incapacidad permanente, con lo cual las empresas ya no podrán extinguir unilateralmente la relación laboral bajo estas circunstancias. Esta reforma del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores se ha realizado a propuesta de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en acuerdo con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
Ajustes y cambios de puesto obligatorios
La nueva normativa exige a las empresas realizar los ajustes razonables necesarios o cambiar de puesto a los trabajadores que, después de comenzar su empleo, adquieran una incapacidad permanente. Este cambio se enmarca en un esfuerzo por proteger el empleo de las personas con discapacidad y alinear las leyes laborales con la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.
El texto de la reforma también avanza en la actualización de términos, reemplazando expresiones peyorativas en la Constitución. Por ejemplo, la «gran invalidez» se renombrará como «complemento de asistencia de tercera persona». Además, se establecen criterios para determinar cuándo los costes de adaptación de un puesto son excesivos para las empresas, considerando factores como el tamaño de la empresa y su volumen de negocio.
Proceso de adaptación
Una vez notificada la incapacidad permanente, el trabajador tendrá un mes para decidir si desea continuar en su puesto. Posteriormente, la empresa contará con un plazo de tres meses para adaptar el puesto o facilitar un cambio a otro puesto adecuado. Durante este período, el trabajador seguirá recibiendo la prestación económica por Incapacidad Temporal, garantizando así una protección continua sin interrupciones.
La norma también destaca la importancia de la formación en prevención de riesgos laborales para los trabajadores en su nueva situación. Los servicios de prevención de riesgos laborales y la representación legal de los trabajadores tendrán un papel crucial en determinar los ajustes necesarios para adaptar el puesto de trabajo o identificar nuevas posiciones adecuadas.
Esta reforma se considera un avance importante en la protección de los derechos de las personas con discapacidad, eliminando la discriminación que suponía el despido automático. Al priorizar la adaptación del puesto de trabajo o el traslado a otras funciones, se pretende garantizar un empleo digno y estable para las personas con discapacidad, alineándose con las recomendaciones del Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad.
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