jueves, septiembre 12, 2024
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Dinero en efectivo: ¿cuál es la cantidad máxima que se puede llevar encima durante las vacaciones?

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En el verano el uso de dinero en efectivo se vuelve más habitual, ya que es común llevarlo encima para disfrutar de las vacaciones sin excederse en el gasto. Sin embargo, existe un límite con respecto a la cantidad de dinero líquido que se puede portar.

Hace unos años, esa cantidad se calculaba en función de los gastos, pero en la actualidad las cuantías vienen determinadas por lo dispuesto en la Ley Antifraude 11/2021 y la Ley 10/2010, de prevención de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo. Además, hay que tener en cuenta la normativa europea.

¿Cuánto dinero en efectivo se puede llevar encima?

Cualquier persona que se mueva por el territorio español puede llevar encima dinero en efectivo para sufragar sus gastos, pero hay limitaciones.

Según la Ley 10/2010, es necesario notificar los movimientos de dinero dentro del territorio español iguales o superiores a los 100.000 euros. Si una persona porta esta cantidad, debe llevar consigo una declaración firmada que refleje cuál es el origen del dinero y la razón de su posesión.

El documento debe incluir en todo caso los datos del portador y del propietario de la cantidad (si es diferente del portador), así como la identidad del destinatario y el remitente. 

Quedan exentos de este límite y obligación los trabajadores debidamente autorizados por el Ministerio del Interior, que lleven a cabo labores de transporte profesional de fondos o medios de pago. Salvo que se trate de movimientos de entrada o salida de dinero fuera de las fronteras de la Unión Europea.

Límite de dinero en efectivo si se viaja al extranjero

El Banco de España señala que no existe ninguna limitación a la hora de llevar dinero en efectivo en un viaje al extranjero o de vuelta a España. Lo que ocurre es que, si la cantidad es igual o superior a 10.000 euros (o el equivalente en otras divisas), entonces hay que hacer la correspondiente declaración en la aduana. A estos efectos, no importa si se traspasa la frontera por vía aérea, marítima o terrestre.

Esta norma viene recogida en el Reglamento 1889/2005, de la Unión Europea, que busca luchar contra el blanqueo de capitales. La normativa europea señala que también se tienen en cuenta otros medios de pago como cheques al portador, tarjetas monedero, oro sin acuñar, monedas con un contenido en oro del 90 % como mínimo u otros medios de pago electrónicos que porte el sujeto.

Si se pasa la aduana sin haber declarado que se porta una cantidad igual o superior a los 10.000 euros, se puede retener o incautar el dinero para investigar su procedencia y se impone una multa que puede oscilar entre 600 euros y la mitad del dinero incautado.

En caso de que el dinero entre o salga de la Unión Europea a través de correo, transportado como mercancía o usando servicios de paquetería, si la cantidad es igual o superior a 10.000 euros, el remitente o el destinatario tienen que presentar una declaración informativa en un plazo de 30 días tras recibir la petición de las autoridades aduaneras.

Incluso si el importe es inferior a los 10.000 euros, las autoridades aduaneras de la Unión Europea pueden intervenir si tienen indicios de que el dinero procede de una actividad delictiva.

Restricciones al pago en efectivo

Respecto al uso de dinero físico, el Banco de España avisa de que existen restricciones en cuanto a las cantidades que se pueden abonar.

Desde el 11 de julio de 2021, no se pueden pagar en efectivo operaciones de importe igual o superior a los 1.000 euros si una de las partes interviene en condición de empresario o profesional. Si el pagador es una persona física que no tiene domicilio en España, ese límite se eleva hasta los 10.000 euros, siempre y cuando no actúe como empresario o profesional.

Si se incumple esta prescripción legal, la multa se impone tanto al pagador como al cobrador, y puede alcanzar el 25% del pago realizado.

Fuera de los límites marcados por la normativa, se puede llevar y usar dinero en efectivo con total tranquilidad. Aunque se aconseja tomar medidas de precaución para evitar los robos al descuido, que son todavía más habituales durante la época estival.

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