jueves, septiembre 19, 2024
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Plan Moves III: cómo se solicitan las ayudas para comprar un coche eléctrico

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El Plan Moves III, que ofrece ayudas para financiar la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga, se ha ampliado hasta el próximo 31 de diciembre. La petición se hace a la comunidad autónoma del lugar de residencia del comprador, y los concesionarios suelen actuar como intermediarios.

Los perceptores deben tener en cuenta que esta subvención tributa de cara a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del año en que se percibe. El grado de retención aplicable con respecto a la misma depende del tramo de renta en el que se encuentre cada contribuyente.

¿En qué consiste el Plan Moves III?

Es un programa de concesión de ayudas directas a las comunidades autónomas y a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, para que pongan en marcha incentivos ligados de forma directa a la movilidad eléctrica. Fue aprobado por Real Decreto en el Consejo de Ministros el 13 de abril de 2021 y ya va por su tercera edición.

El Moves III se enmarca dentro del componente 1 “Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Su objetivo es potenciar la movilidad eléctrica y, por ello, es gestionado por el Instituto para la Diversificación y el Ahorro (IDAE), organismo que está adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La nueva prórroga se aprobó el pasado 25 de junio de 2024 y extiende la vigencia del programa hasta el 31 de diciembre de este año, además de ampliar su dotación. En total, el Plan Moves III cuenta con 1.550 millones de euros para ayudas.

Dos líneas de actuación

Particulares, autónomos, empresas y entidades públicas pueden obtener ayudas para comprar vehículos eléctricos y para la instalación de sus correspondientes puntos de recarga.

La ayuda para la adquisición de vehículos puede llegar hasta los 7.000 euros si el comprador achatarra un coche viejo de combustión. En caso de no hacerlo así, la ayuda a percibir es de 4.500 euros.

Para los híbridos enchufables la ayuda es de 5.000 euros si hay achatarramiento de un vehículo viejo y de 2.500 euros en caso de que no sea así.

Si lo que se achatarran son furgonetas, la ayuda llega a los 9.000 euros con independencia de si el nuevo vehículo adquirido es un híbrido enchufable o eléctrico.

En ninguno de los casos el valor de compra de los turismos subvencionables puede superar los 54.450 euros.

También hay ayudas disponibles para los cuadriciclos ligeros. Para estos supuestos la ayuda es de 1.600 euros si hay achatarramiento de otro vehículo y de 1.400 euros en caso contrario. Si son cuadriciclos pesados, entonces la subvención pasa a ser de 2.000 y 1.800 euros, respectivamente.

El Plan Moves III recoge ayudas para la compra de motocicletas eléctricas con una autonomía igual o superior a los 70 kilómetros. La subvención es de 1.300 euros con achatarramiento de otra motocicleta de combustión o de 1.100 sin él.

La segunda línea de actuación incluye subvenciones para los puntos de recarga públicos o privados y de cualquier potencia. Si el perceptor es una comunidad de propietarios, se subvenciona también la preinstalación eléctrica y el servicio de comunicaciones que es necesario para instalar después los servicios de recarga inteligente.

En localidades de menos de 5.000 habitantes se subvenciona el 80 % del coste y el 70 % en municipios que sean más grandes. 

Para las empresas privadas y los entes públicos con actividad económica la ayuda puede oscilar entre el 50 %, el 40 % y el 20 % del importe de la instalación dependiendo del tamaño de la entidad y de la potencia del punto de recarga.

Solicitud de las ayudas del Plan Moves III

La ayuda no se entrega de forma directa en el momento de la compra. Los compradores la solicitan a la comunidad autónoma (generalmente a través del propio concesionario) y lo habitual es que esta tarde unos meses en concederse. 

De media, los tiempos de espera están oscilando entre uno y dos años, más en algunos casos. Pero el perceptor no tiene que declarar la subvención en su IRPF hasta que no la haya percibido efectivamente, con independencia de en qué ejercicio la haya solicitado.

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