Desde que España decidió retirar el sistema de ayudas públicas a las energías renovables que estuvo en vigor durante años, ha tenido que enfrentar diferentes procesos internacionales puestos en marcha por las empresas afectadas.
El último capítulo de este conflicto está marcado por una nueva sentencia dictada en Estados Unidos, que falla contra España y la condena al pago de indemnizaciones millonarias.
El origen de problema que no cesa
Durante el Gobierno de Zapatero, España puso en marcha un programa de ayudas para las empresas que invirtieran en energías renovables en territorio español.
Unos años más tarde, se decidió acabar con estas subvenciones porque era necesario hacer ajustes en la economía.
Como consecuencia, muchas de las empresas que habían realizado grandes inversiones nunca llegaron a recibir las ayudas que se les habían prometido y, por eso, han iniciado procedimientos de reclamación frente al Estado.
Los inversores argumentan que la retirada de las ayudas supuso un incumplimiento de los contratos firmados. Algunos señalan que la retirada de las ayudas supone una vulneración de instrumentos internacionales ratificados por España como el Tratado de la Carta de la Energía.
Los afectados denuncian que sufrieron pérdidas económicas millonarias, y ahora reclaman una compensación.
Laudos arbitrales en contra de España
Las empresas damnificadas por la retirada de las ayudas a las energéticas han recurrido a nivel internacional. De hecho, en los últimos años son varios los tribunales de arbitraje internacional que han fallado a favor de los inversores, condenando al Estado español a pagar indemnizaciones millonarias.
Ante la falta de acción por parte de España para abonar estas deudas, algunos de los bienes estatales situados fuera del territorio nacional han sido embargados.
De las algo más de 50 disputas planteadas ante organismos de arbitraje a nivel internacional, unos 25 laudos han condenado a España al pago de indemnizaciones.
Se estima que el país debe 1.562 millones de euros en indemnizaciones y otros 326 millones de euros por costes judiciales y financieros.
Las empresas afectadas, por su parte, siguen tendiendo la mano al Ejecutivo español y se muestran abiertas a negociar una solución que pueda poner fin a los ligios.
EEUU falla de nuevo contra España
La última resolución que estima las pretensiones de los inversores afectados ha sido dictada por el Tribunal del Distrito de Columbia en Estados Unidos.
El juez Rudolph Contreras ha ordenado que se cumpla el laudo arbitral que emitió en su momento el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), organismo que depende del Banco Mundial. De manera que España tiene que pagar a JGC Corporation 36,1 millones de dólares.
El fallo señala que «por las razones publicadas en la sentencia de esta misma Corte emitida el 26 de septiembre de 2024, se ordena que el laudo arbitral emitido el 9 de noviembre de 2021 por el Ciadi, en el marco del caso ARB/15/27 se cumpla en los tribunales estadounidenses del mismo modo que si estuviésemos hablando de una sentencia final emitida por cualquier magistratura de nuestro país».
JGC Corporation vs. el Estado Español
JGC Corporation es una importante corporación japonesa que puso en marcha en 2015 un procedimiento de reclamación frente a España por valor de 93,5 millones de euros.
El Ciadi entró a conocer de la causa y dictó un laudo en noviembre de 2021, reconociendo el derecho de la empresa de Japón a ser indemnizada con 23,5 millones de euros.
España ha intentado anular este laudo, pero no ha tenido éxito en sus reclamaciones a nivel internacional. Finalmente, JCG puso en marcha un procedimiento legal ante la justicia de Estados Unidos, y ahora un juez ratifica el laudo y condena a España al pago de 36,1 millones de dólares (34 millones de euros).
La deuda se ha incrementado en 10.724.111 euros con respecto a la cuantía original reconocida en el laudo del Ciadi por efecto de los intereses.
La sentencia dictada ahora en Estados Unidos determina que los nuevos intereses de demora se calculen en base al sistema legal de ese país, por lo que el interés aplicado es ahora de un 4 %.
Si España no atiende a la obligación de pago, sus bienes y activos situados en territorio norteamericano pueden ser objeto de embargo y confiscación, como ya ha ocurrido en otros países como Bélgica, Australia y Reino Unido.