El Sorteo de Lotería de Navidad que se celebra este domingo 22 de diciembre repartirá un total de 2.590 millones de euros en premios.
Los agraciados por la suerte van a tener que pagar a Hacienda el 20 % del importe total ganado, aunque los primeros 40.000 euros del premio quedan exentos del pago de impuestos.
Además, si un premiado tiene deudas pendientes con Hacienda, puede ver cómo parte del dinero que debería percibir es directamente embargado por la Agencia Tributaria.
«Tapar agujeros» con Hacienda
Muchos de los ganadores del Gordo de Navidad van a destinar el premio a lo que comúnmente se conoce como «tapar agujeros», es decir, liberarse de sus deudas. Por ejemplo, liquidar la hipoteca o devolver un préstamo personal.
Cuando esa deuda se tiene con Hacienda, o está pendiente de pago una multa de tráfico u otra sanción administrativa, es la Administración la que se encarga de procurar la satisfacción de su crédito a través del embargo del premio.
Si no se han pagado los impuestos en el plazo voluntario dado para ello, o si las multas están ya en procedimiento de apremio, entonces Hacienda tiene competencia para practicar el embargo. Además, puede hacerlo directamente, no tiene que recurrir a los tribunales.
Aplicado el embargo, el agraciado recibirá el importe de su premio con la cantidad adeudada ya descontada. Es lo mismo que ocurre con las devoluciones del IRPF.
En el caso de premios compartidos, Hacienda embarga únicamente la parte del premio que corresponde a la persona que tiene deudas. El resto se abona íntegramente a los agraciados.
Procedimientos legales en curso en el momento de ganar la Lotería
Ganar un premio de Lotería siempre es una buena noticia, pero es importante tener claro que puede tener consecuencias sobre procedimientos legales de tipo económico que estuvieran en marcha antes del sorteo.
Si el ganador está inmerso en un proceso de exoneración de deudas (Segunda Oportunidad) o de ejecución hipotecaria, el importe del premio puede quedar retenido como garantía del proceso.
Es el ganador el que debe comunicar esta circunstancia al tribunal o a la Agencia Tributaria para que estos organismos practiquen la correspondiente retención. No hacerlo se puede llegar a considerar un delito de ocultación de bienes, lo que puede tener consecuencias penales.
Impacto del premio sobre las prestaciones públicas
En caso de que el ganador esté tomando parte en un proceso relacionado con una Vivienda de Protección Pública o Vivienda de Protección Oficial, ganar el premio puede hacer que rebase los límites de ingresos máximos establecidos para los beneficiarios. Esto implicaría la pérdida del derecho a poder acceder a ese tipo de viviendas.
Cuando se perciben pensiones no contributivas u otros subsidios que están sujetos a límites de ingresos, si con el premio de la Lotería se superan dichos límites, la Administración puede suspender el abono de esas prestaciones.
Recomendaciones para evitar problemas
Para que el premio de la Lotería no se convierta en un quebradero de cabeza, los especialistas aconsejan consultar en primer lugar con un asesor fiscal para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Después, si se tienen en marcha procesos legales por deudas o se están percibiendo ayudas estatales, hay que comunicar la nueva situación a la Administración.
En última instancia, lo que siempre se recomienda es usar el dinero con prudencia.
¿Cómo y dónde se cobran los décimos de Lotería de Navidad?
Los premios se pueden empezar a cobrar desde el mismo día del sorteo a las 18:00 horas y hay un plazo máximo de tres meses (se cuentan desde el 23 de diciembre) para solicitar el pago.
Si el premio es igual o inferior a 2.000 euros se puede cobrar directamente en cualquier administración de Lotería. Si supera esa cantidad, el cobro debe hacerse en una entidad bancaria autorizada:
- Abanca.
- Banco Sabadell.
- BBVA.
- CaixaBank.
- Caja Sur Banco.
- Cajamar Caja Rural.
- Sociedad Cooperativa de Crédito.
- Ibercaja.
- Kutxabank.
- Unicaja.
Para cobrar una participación hay que acudir al establecimiento físico del expedidor de la misma.
En el caso de premios superiores a los 40.000 euros hay que tributar el 20 % de los mismos, y esa cantidad se descuenta directamente en el momento del pago. De cara a las siguiente declaración de la Renta ya no se tributará por el premio, solo por los rendimientos que haya generado ese dinero.