Yelmo Cines enfrenta una multa de 30.001 euros impuesta por el Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide, debido a la prohibición de acceso a los usuarios con alimentos adquiridos fuera de sus instalaciones.
Esta sanción surge como resultado de una investigación iniciada en enero, tras las reclamaciones de ocho particulares y las denuncias de dos asociaciones de consumidores: la Asociación de Personas y Consumidoras y Usuarias Vasca (EKA/ACUV) y Facua-Consumidores en Acción.
Aunque la multa no es firme, Yelmo Cines ha presentado un recurso de alzada, lo que indica que el proceso administrativo aún está en curso, según se informa por Kontsumobide.
La denuncia de EKA/ACUV señalaba que los cines Megapark y Artea de Bizkaia y Boulevard de Vitoria prohibían la entrada con alimentos y bebidas adquiridas externamente desde principios de este año, considerando esto una «práctica abusiva». La asociación solicitaba una sanción de hasta 150.000 euros, argumentando que constituía una «infracción grave de consumo«.
EKA/ACUV enfatiza que, según la legislación, no es legal prohibir alimentos externos a menos que la actividad principal sea la hostelería o exista una prohibición general.
Facua, en línea con esta argumentación, sostiene que la actividad principal de un cine es la exhibición de películas, no la restauración. Considera inválido que Yelmo Cines prohíba la entrada con alimentos y bebidas externos, especialmente cuando ofrecen opciones dentro del recinto.
En la Comunidad de Madrid, Facua ha llevado a Yelmo Cines a los tribunales por motivos similares. La cadena advierte sobre la prohibición de alimentos en carteles y en su sitio web al vender entradas, alegando un derecho de admisión que, según Facua, no se ajusta a la legislación al no ser la restauración su actividad esencial definitiva.