El estudio concluye que las tensiones en los mercados financieros han tenido efectos negativos sobre la disposición de las entidades para conceder nuevos préstamos, en particular en lo que se refiere a los hogares.
Asimismo, se observa un aumento de las dificultades para acceder a los mercados monetarios y de valores, al igual que ocurre en el resto de la Unión Europea.
Este descenso de la oferta de préstamos, no obstante, es algo menor que el observado en el trimestre anterior, con la excepción del crédito a los hogares para fines distintos de la adquisición de vivienda, que se mantuvo igual.
El informe destaca también que la demanda de créditos de las familias se redujo en España entre julio y septiembre en mayor medida que en el resto de la UE.
Cláusulas de segunda vuelta
Las cláusulas de revisión salarial no dan lugar a un mayor crecimiento de los salarios reales porque favorecen los denominados «efectos de segunda ronda», que acaban convirtiendo aumentos transitorios de la inflación en permanentes, según asegura el Banco de España en su último boletín económico.
Así, el organismo que dirige Miguel Ángel Fernández Ordóñez, considera «improbable» que las cláusulas de revisión salarial consigan «realmente» aumentar el poder adquisitivo de los salarios.
La entidad destaca que la tasa de inflación en España es más elevada y más persistente que en el área del euro y recuerda que el diferencial de inflación español ha sido una media del 1,6 por ciento más alto entre 1996 y 2001 y el 1,8 por ciento en el periodo
2002-2007.
El Banco de España explica que este diferencial positivo encarece los productos españoles frente a los países competidores, por lo que la demanda solo crecerá en la medida en la que sea posible obtener ganancias en otras vías, como por ejemplo, una mejor calidad de los mismos.
Además, considera que los efectos de las cláusulas salariales pueden resultar «especialmente negativos» en una situación económica como la actual, en la que se han producido «aumentos transitorios» de los precios, que, en su opinión, no deberían trasladarse a incrementos de los costes laborales.
Según el organismo regulador, la mayoría de los convenioscolectivos en España incluyen cláusulas de revisión que se traducen en incrementos salariales anuales en función de la inflación.
Estas cláusulas afectan en España en torno al 75 por ciento de los trabajadores cubiertos por la negociación colectiva, frente al 25 por ciento de la mayoría de los países europeos, con la excepción de Bélgica, Finlandia y Luxemburgo.
La presencia de estas cláusulas, que desde 2002 los agentes sociales consideran pieza fundamental en el modelo de negociación colectiva, origina, según el Banco de España «un elevado grado» de traslación «automática» del alza de los salarios a incrementos en los precios, lo que constituye una de las características del mercado laboral español.
Para la entidad, la tasa de inflación resulta de tres componentes, el margen de beneficios, el aumento del coste laboral y la productividad.
Por tanto, señala, la manera en que se fijen los costes labores «tiene consecuencias directas sobre la inflación».
Afirma que el crecimiento de los salarios reales «no depende del grado de indiciación salarial -ajuste permanente de los salarios a la inflación-» ni de la presión salarial, sino de la diferencia entre el crecimiento de la productividad y el del margen bruto de explotación.
Advierte, por tanto, de que las cláusulas suponen en la actualidad una parte considerable del incremento de los coste laborales, ya que el impacto de la «indiciación» salarial ha supuesto aumentos aproximados del 15 por ciento en los costes laborales y del 13 por ciento en las tarifas salariales.