«Si la sentencia se confirma queremos coordinar la posición del Ministerio Fiscal para ver de qué forma podría producirse su ejecución sin que se perjudiquen los intereses del menor», explicó este viernes el fiscal superior de Andalucía, Jesús García Calderón, que aludió a la existencia de diversos instrumentos legales que pueden corregir una situación «hipotéticamente desproporcionada».
García Calderón, que se mostró cauto a la hora de señalar qué medidas previstas en la legislación procesal se podrían aplicar en caso de confirmarse la sentencia, aludió a la posibilidad de conceder un indulto parcial a la madre, si bien subrayó que se trata de una de las diferentes opciones que se podrían tomar y que se estudiarán en el caso de que la sentencia sea firme.
Consideró que en este asunto la fecha en la que ocurrieron los hechos, en el 2006, es un «elemento decisivo», puesto que pueden transcurrir tres años desde ese momento hasta la confirmación de la sentencia.
«Estricta aplicación de la ley»
El fiscal superior de Andalucía recordó que «el Código Penal exige imponer la orden de alejamiento» en estos casos y respecto al recurso planteado por la Fiscalía de Jaén aclaró que se corresponde con la «estricta aplicación de la ley», en relación a que la sentencia emitida en primera instancia no tuvo en cuenta que se tenía que aplicar la agravante de que los hechos se desarrollaron en el domicilio familiar.
Esta situación se produce después de que el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén haya dictado una sentencia en la que condena a una madre a 45 días de prisión y le prohibía acercarse a su hijo durante más de un año por un delito de malos tratos, después de que le diera al menor un bofetón y le agarrara del cuello tras una pelea que se inició cuando ella le reprendió por no haber hecho los deberes del colegio.