lunes, enero 20, 2025
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Condenan a Makro a indemnizar con 400.000 euros a Calvin Klein por desprestigiar el lujo sus marcas

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Asimismo, según la demanda, la ventas de productos identificados con dichas marcas por Makro supone una violación de las registradas a nombre de Calvin Klein ya que, aún no tratándose de artículos falsos, fueron adquiridos fuera del Espacio Económico Europeo, lo que se traduce en un incumplimiento del régimen de distribución exclusiva avalado por las autoridades comunitarias.

Sin embargo, en opinión del equipo legal Herrero & Asociados (H&A), representante de Calvin Klein, el juzgado yerra al no condenar a Makro por los daños y perjuicios causados a los intereses comerciales de Calvin Klein. El argumento del juzgado, según H&A, consistió en alegar que los productos los productos se habían comprado al titular de la marca o a sus distribuidores pero fuera del canal de distribución exclusiva aludido.

Teniendo en cuenta que en el periodo comprendido entre 1999 y el 2004, quedó probado, a través de la práctica de una prueba pericial contable emitida por una auditora de cuentas, que las compras de productos Calvin Klein fueron «cuantiosas», la juez impone a Makro la indemnización de 400.000 euros al considerar que se desprestigia la marca.

Además, la mayorista tendrá que costear la publicación del encabezamiento y fallo de la sentencia en dos diarios de tirada nacional, así como en dos revistas especializadas de perfumería que Calvin Klein elija.

Calvin Klein ha apelado la sentencia ya que entiende que no se le ha condenado por los daños ocasionados desde un punto de vista comercial.

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