Fuentes cercanas al caso, explicaron que Competencia sólo analiza los contratos que suscriben las empresas en función de su cuota de mercado, de forma que cuando se trata de compañías con poco peso en un determinado sector, no entra a valorar si se incumple la normativa o se restringe la competencia.
En este sentido, recordaron que, desde 2006, cuando se interpuso la denuncia, Galp ha comprado en España la red de estaciones de servicio de Agip y Esso y se ha situado como tercer operador del país, por detrás de Repsol y Cepsa.
Este aumento de cuota de mercado llevó a la CNC a abrir una investigación para determinar si los acuerdos de no competencia denunciados vulneran en el caso de Galp la Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de la Comunidad Europea.
La CNC dispone ahora de un plazo de 18 meses para la instrucción y resolución del expediente.
Cepsa
Por su parte, Cepsa ofreció a principios de mes a Competencia la posibilidad de que sus gasolineras abanderadas puedan liberarse anticipadamente de sus contratos de suministro en exclusiva a cambio de un precio determinado que fijarían consultores independientes.
Con esta propuesta, Cepsa pretende satisfacer la inquietud de la CNC por la duración de los contratos de exclusividad suscritos entre las petroleras y determinadas estaciones de servicio.
El conflicto entre ambas partes ha llegado a la CNC tras pasar por su antecesor, el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), así como a la justicia ordinaria.