La OCU denuncia que estas resoluciones no sean vinculantes para las entidades, ya que si la entidad no acepta la resolución, al consumidor «no le queda más remedio que reclamar ante los tribunales de justicia, siempre que valga la pena, en función de la cantidad que se reclama».
La OCU recomienda al consumidor que siempre reclame, ya que los tribunales de justicia suelen tener en cuenta las resoluciones favorables al reclamante y aconseja que acuda a la sede de la organización ya que podrá encontrar todos los modelos de reclamación ante el servicio de atención al cliente de la aseguradora, el defensor del cliente de la entidad financiera, el servicio de reclamaciones de la DGSFP o al servicio de reclamaciones del Banco de España.