El presupuesto para los Juegos Olímpicos de Madrid 2016 prevé unos ingresos de 2.127,3 millones de euros, de los que 540 millones corresponden a la contribución del COI, 268 millones al denominado patrocinio top, 524,8 millones a patrocinio y proveedores y 404,8 millones a venta de entradas.
Según el Comité Organizador de los Juegos Olímpicos (COJO), los gastos a los que habría que hacer frente en el caso de que España tuviera que celebrarlos alcanzarían los 2.127,3 millones, de los que 205,1 millones se destinarían a las sedes deportivas y 259,7 millones al pago del personal de los Juegos.
El COJO también contempla unos ingresos por la emisión de monedas conmemorativas de 8,8 millones de euros, que empezarían a generarse a partir de 2013, así como la estampación de sellos conmemorativos que reportarían 2,7 millones de euros.
Además, si se celebran en Madrid, habrá dos sorteos especiales de la Lotería Nacional que se dedicarán a los Juegos Olímpicos, con unos ingresos que podrían alcanzar los 16,23 millones de euros.
En cuanto al patrocinio, que finaliza el próximo 2 de octubre, fecha en la que se decide en Copenhague la sede de los Juegos Olímpicos, la inversión máxima asociada a cada categoría es para la denominada Socio Madrid 16, con un millón de euros.
A continuación, se encuentran la figura del Patrocinador Preferente Madrid 16, con 500.000 euros, Patrocinador Madrid 16, con 250.000 euros, y por último Colaborador Madrid 16, con 30.000 euros.
El dossier del COJO destaca, en cuanto a la inflación, que España deberá tener un comportamiento «sostenible» y una tasa de promedio (observada durante un periodo de un año antes del examen) que no exceda en más del 1,5% la de como máximo tres estados miembros de la UE con menor comportamiento en materia de estabilidad de precios.
Asimismo, subraya que todos los gobiernos (nacional, regional y local) se comprometen y garantizan que aplicarán una política tendente a evitar la subida de precios antes y durante la celebración de los Juegos Olímpicos, «utilizando todos los medios disponibles a su alcance».
En el aspecto tributario, el Gobierno español se compromete a desarrollar la legislación necesaria para garantizar un estatus fiscal favorable al COJO en los principales impuestos de los que sea sujeto pasivo y también a las entidades que colaboren con él en el desarrollo de los Juegos.
Así, el COJO y sus entidades controladas estarán exentas del Impuesto sobre Sociedades por las rentas derivadas de la organización del evento.
Además, habrá deducciones en el IRPF, en el Impuesto sobre al Renta de los No Residentes (IRNR) y en el Impuesto sobre Sociedades por las cantidades donadas al COJO por personas o entidades colaboradoras.
El IVA tendrá un efecto neutro para el COJO, ya que deducirá el impuesto repercutido, ingresando u obteniendo el reembolso de la diferencia del Fisco.