sábado, noviembre 23, 2024
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37 años de cárcel para el guardia civil que atropelló a varias personas con su vehículo en una calle peatonal de Málaga

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El guardia civil retirado que atropelló a varias personas con su vehículo al irrumpir en la céntrica calle peatonal Marqués de Larios de Málaga en agosto del 2008 ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Málaga a treinta y siete años y medio de prisión.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el acusado ha cometido cinco delitos intentados de asesinato alevoso, con la atenuante analógica de anomalía psíquica, por lo que lo condena a siete años y seis meses de prisión por cada uno de ellos.

El tribunal considera probado que el procesado tenía intención de acabar con la vida de las cinco personas a las que atropelló pero que por causas distintas de su voluntad no fallecieron.

Hacer todo el daño posible

Los hechos se remontan al 30 de agosto del 2008 cuando el acusado irrumpió en una calle peatonal y «tras acelerar bruscamente» se dirigió contra cualquier persona que se encontraba en su camino, atropellándolas y sin dejar de acelerar el vehículo en ningún momento.

La sala destaca que en la mencionada vía se encontraban un gran número de viandantes, al ser día festivo y plena temporada estival.

El acusado y su vehículo fueron inmovilizados por dos agentes de la Policía que se encontraban en las proximidades y presenciaron parte de los hechos.

Durante el juicio el acusado afirmó que quería matarse, pero que antes tenía que hacer todo el daño posible, que quería atropellar a la gente, aceleró y no podía parar, quería estrellarse contra el muro, pero no tuvo valor, aunque sí lo tenía para seguir atropellando a la gente.

Además, el guardia civil relató que pensó en suicidarse tirándose desde un balcón, pero que lo descartó porque de esa forma no haría daño, y justificó su actuación manifestando que se sentía mal, desbordado y que tenía mucha rabia por lo que no podía controlar sus impulsos.

Trastorno de la personalidad

Por su parte, la defensa del acusado reconoció durante el juicio los hechos aunque aseguró que éste obró con ánimo de lesionar pero no de matar, criterio que no ha compartido el tribunal «pues el sólo hecho de embestir a gran velocidad a los peatones de forma sorpresiva contiene elementos objetivos».

El acusado padece una alteración o trastorno de la personalidad que motivó su absolución por aplicación de la eximente de alteración psíquica en una sentencia anterior dictada en 1999.

En dicha sentencia se hizo hincapié en la necesidad de tratamiento médico continuado, pero el procesado no lo cumplió desde el 2006 y se lo ocultó al médico.

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