El Tribunal Constitucional ha dado este martes tres días a las partes personadas en los procedimientos abiertos a raíz de los recursos presentados contra el Estatuto de Cataluña, para que aleguen a los que la Generalitat y el Parlamento catalanes interpusieron el lunes contra su negativa a inhibirse en este asunto.
Así lo han informado fuentes del Constitucional, que han señalado que el pleno de este órgano, que se ha reunido este martes por la mañana para tratar este tema, ha acordado dar traslado de los recursos a las partes antes de decidir sobre los mismos.
La decisión, según las mismas fuentes, no afecta al pleno convocado para el próximo jueves por la presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, que someterá ese día a la consideración de sus compañeros un nuevo borrador de sentencia sobre el Estatut, redactado por ella misma después de que el pasado 19 de mayo asumiera la ponencia.
Es decir, que la convocatoria de ese pleno se mantiene, según lo dispuesto en el artículo 93.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), que establece que contra las providencias y los autos que dicte el tribunal sólo cabe el recurso de súplica y que éste «no tendrá efecto suspensivo».
«El recurso podrá interponerse en el plazo de tres días y se resolverá, previa audiencia común de las partes por igual tiempo, en los dos siguientes, añade el citado precepto.
Los magistrados deben seguir en funciones
Como ya hiciera el pasado 27 de mayo, cuando acordó no inhibirse y recordó al Gobierno y al Parlamento catalanes que la ley establece que los magistrados deben seguir en funciones hasta que tomen posesión sus sustitutos, el Constitucional ha notificado su decisión de este martes en un total de ocho providencias.
Una de ellas se refiere al recurso que la Generalitat interpuso contra la negativa del tribunal a declararse incompetente para resolver al recurso que el PP presentó hace ya casi cuatro años contra el Estatut.
Las otras siete, mientras tanto, se refieren a los recursos que los letrados del Parlamento de Cataluña presentaron también contra la negativa del tribunal a inhibirse tanto para resolver el recurso del PP como los planteados por el Defensor del Pueblo y por las Comunidades Autónomas de Murcia, La Rioja, Baleares, Valencia y Aragón.
Para justificar su negativa a inhibirse en el tema del Estatut, el Constitucional citó el artículo 17.2 de la LOTC, según el cual los magistrados «continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes hubieren de sucederles».
Por lo tanto, mientras no haya un acuerdo entre las fuerzas políticas que permita la renovación de los magistrados en funciones, el tribunal con su actual composición seguirá deliberando sobre la sentencia del Estatuto, que lleva casi cuatro años pendiente.
«Situación de indefensión»
El Parlamento catalán consideró insuficiente esta argumentación y el lunes decidió responder con un recurso con el que pretende que el tribunal «responda motivadamente los argumentos jurídicos aducidos» debido a que la ausencia de respuesta «produce una situación de indefensión, al desconocer las razones por las que se rechaza la demanda».
Mientras tanto, fuentes del gobierno catalán han señalado que el Ejecutivo de José Montilla también reclama al Constitucional un auto en el que argumente su rechazo a la petición de que el tribunal se inhiba de fallar sobre el recurso contra el Estatut.