El Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha condenado al alcalde de Piélagos (Cantabria), Jesús Ángel Pacheco (PP), a un año y medio de cárcel y nueve de inhabilitación como autor de un delito continuado contra la ordenación del territorio, en la modalidad de prevaricación urbanística.
La sentencia considera probado que Pacheco concedió entre 2004 y 2005 quince licencias de construcción a sabiendas de que «vulneraban la normativa urbanística vigente, por basarse en interpretaciones declaradas formalmente contrarias al ordenamiento urbanístico, según reiterada jurisprudencia», algo de lo que le advirtieron «expresamente» el arquitecto municipal y los servicios jurídicos.
La juez explica, entre los hechos probados, que el alcalde de Piélagos viene otorgando desde hace años licencias de construcción de viviendas sobre terrenos clasificados como urbanos en el plan general de urbanismo del municipio, pero a los que los tribunales han venido negando esa condición en reiteradas sentencias.
El Ayuntamiento de Piélagos ha recibido en los últimos años varios fallos del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) y del Tribunal Supremo que ponen en tela de juicio su gestión del urbanismo y que han ordenado la demolición de casi 400 viviendas en cinco urbanizaciones de Liencres y el Alto del Cuco.
La sentencia considera probado que el alcalde había sido advertido por los técnicos municipales de que las licencias otorgadas en 2004 y 2005 incurrían en los mismos defectos que los casos que han acabado con orden de derribo y podían ser impugnadas «con idénticos resultados», e, incluso, le habían aconsejado suspender la concesión de licencias como medida preventiva.
El alcalde alegó durante el juicio que los terrenos para los que había dado esas licencias están clasificados como urbanos en el plan general de Piélagos, que él no es experto en urbanismo y que siempre se ha guiado en sus decisiones por los criterios que le marcaban el secretario y los letrados municipales.
Sin embargo, la juez considera que esos argumentos tienen una «vana finalidad exculpatoria», porque no existe ningún informe por escrito de los funcionarios en los que Pacheco decía basar sus decisiones, «ni favorable ni desfavorable», mientras que si constan advertencias expresas de ilegalidad del arquitecto municipal.
Respecto a su desconocimiento del urbanismo, la juez recuerda a Jesús Ángel Pacheco que es alcalde desde 1989 de un municipio en el que ha surgido «una grave e importante problemática urbanística, como es la existencia de sentencias de derribo contra numerosas viviendas como consecuencia de decisiones judiciales previas derivadas de la incorrecta catalogación del suelo urbano, por discordancia entre el PGOU y la realidad fáctica de los terrenos».
La sentencia declara probado que Pacheco siguió dando licencias en terrenos que no merecían tener la condición de urbanos «a sabiendas» de que con ello vulneraba «de forma flagrante, palmaria y clara el ordenamiento jurídico» y con «plena conciencia» de que esos permisos de construcción «no se ajustaban a Derecho».
La sentencia impone al alcalde una condena ligeramente inferior a la que demandaba la Fiscalía (dos años de cárcel y diez de inhabilitación) y no accede a la petición del Ministerio Público para que directamente se declarasen nulas las quince licencias.
En este sentido, la juez reconoce que la jurisdicción penal tiene competencias para tomar esa decisión, pero entiende que si así lo hiciera, provocaría indefensión a los compradores de las viviendas, que no han tenido oportunidad de defender sus intereses en este pleito.