sábado, enero 11, 2025
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Piden que Sálvame se retire del horario infantil

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El Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) ha pedido hoy al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que obligue a Telecinco a emitir el programa «Sálvame» fuera de la franja horaria de protección infantil para menores de 13 años.

Según ha informado en un comunicado, el CAC apela a la «vulneración» de la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) y recuerda que actúa a partir de su competencia para instar a las administraciones con competencias en medios de comunicación audiovisual a promover la adopción de las medidas adecuadas ante «conductas contrarias a la legislación».

La petición del CAC se ha producido a raíz de dos quejas de usuarios porque el programa «Sálvame» emitía contenidos no aptos para la franja horaria en que está situado.

«Sálvame» se emite de lunes a viernes de 16.00 a 20.00 horas y no pone ningún símbolo de señalización en la pantalla, lo que significa que está considerado legalmente un programa apto para todos los públicos.

El CAC analizó una muestra de tres días del programa y detectó «la presencia frecuente de situaciones de violencia verosímil no explícita, comportamientos discriminatorios hacia los homosexuales y presencia reiterada de lenguaje grosero».

«Del análisis resulta una calificación de ‘no recomendado para menores de 13 años’. En consecuencia, este programa debería mantener la señalización durante toda la emisión y sólo se podría emitir fuera de las franjas de protección reforzada», ha concluido el CAC.

La LGCA establece, dentro de la franja de horario protegido (de las 06.00 a las 22.00 horas), tres nuevas franjas consideradas de protección reforzada: entre las 08.00 y 09.00 horas, y entre las 17.00 y las 20.00 horas en el caso de los días laborables, y entre las 09.00 y las 12.00 horas los sábados, domingos y fiestas de ámbito estatal.

Los contenidos para mayores de 13 años se emitirán fuera de estas franjas horarias y las cadenas deben mantener la señalización durante todo el programa.

A estos efectos, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 58 de la LGCA, «estaríamos ante una infracción grave sancionable, de conformidad con la ley básica estatal, con una multa de 100.001 a 500.000 euros, al tratarse de un servicio de comunicación audiovisual televisiva», apunta el CAC.

El CAC, en otro acuerdo, también ha instado al Ministerio de Industria a actuar contra Antena 3 TV por la emisión en sus informativos de una noticia sobre la inseguridad ciudadana en que se veía a dos personas inyectándose drogas sin ocultarse su identidad.

Esta actuación del CAC tuvo su origen en una queja de la asociación de intervención comunitaria en drogodependencias (ASAUPAM), que denunció que el 27 de febrero, a las 15.25 horas, Antena 3 TV emitió una información sobre una manifestación para protestar contra la inseguridad ciudadana en el barrio de Trinitat Vella de Barcelona.

En la noticia aparecían dos personas consumiendo drogas en la calle sin que se utilizara ningún sistema de ocultación de identidad. El Consell considera que estas actuaciones pueden resultar lesivas en la privacidad de los afectados.

Redacción

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