lunes, noviembre 25, 2024
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El Constitucional dice que la «simple sospecha» no es un argumento para excluir a Bildu

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El Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia que permite que Bildu concurra a las elecciones del 22 de mayo sostiene que «la pretensión de asegurar a ultranza, mediante controles preventivos, la seguridad del Estado constitucional pone muy en primer lugar en riesgo al propio Estado constitucional».

«Tal pretensión resulta además desproporcionada a la vista de la panoplia de instrumentos de control a posteriori de que se ha dotado, mediante las últimas reformas legales, nuestro ordenamiento», añade el TC en la sentencia que se ha notificado esta tarde.

El TC concluye que «la simple sospecha no puede constituirse en argumento jurídicamente aceptable para excluir a nadie del pleno ejercicio de su derecho fundamental de participación política».

«Puede que en el futuro la sospecha quede confirmada pero para el enjuiciamiento actual, la misma no podría conducir a un resultado limitador so pena de dejar en lo incierto el ámbito del libre ejercicio de los derechos de participación política», añade.

El Tribunal Constitucional no considera demostrado que ETA-Batasauna haya instrumentalizado Bildu a la luz de los documentos aportados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado y los informes policiales incluidos en los mismos, porque en su opinión sólo acreditan esa estrategia pero «no la intrumentalización de la coalición electoral al servicio» de la misma.

La sentencia, que se ha notificado cuatro días después del inicio de la campaña electoral, cuando el TC hizo público el fallo, cuenta con cinco votos particulares de los magistrados que se mostraron de acuerdo con la decisión del Tribunal Supremo de prohibir a Bildu participar en los comicios.

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