lunes, noviembre 25, 2024
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Multa por golpear a una mujer por decidir parar durante el acto sexual

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Un tribunal de Alicante ha condenado a una multa de 180 euros a un hombre que golpeó en su domicilio a una mujer justo después de que ésta decidiera interrumpir las relaciones sexuales consentidas que mantenían en ese momento.

Según la sentencia de la Sección Décima de la Audiencia Provincial, se absuelve al hombre de un delito de agresión sexual porque, aunque estaba enfadado, no impidió a la mujer, Dolores N.B., que se marchara de su casa ni la obligó violentamente a terminar la relación sexual.

La sentencia determina que sí la empujó y golpeó pero sólo a raíz de que, tras un enfrentamiento verbal, ésta le rompiera «intencionadamente» una figura decorativa que el hombre tenía junto a la entrada de la vivienda.

Por ello, se le impone una falta de lesiones castigada por un mes, con una cuota diaria de 6 euros.

Los hechos ocurrieron sobre las 17.30 horas del 22 de enero de 2010 en la casa del hombre, Antonio Fernando G.A., alicantino de 49 años, donde se personó la mujer, mayor de edad y que tenía una relación de amistad con el procesado, en el transcurso de la cual habían mantenido dos o tres relaciones sexuales consentidas.

Tras tomar un refresco, el acusado propuso a su invitada relaciones íntimas y ésta accedió, por lo que pasaron al dormitorio para practicar, primero, sexo oral y, posteriormente, penetración vaginal.

Según la sentencia, en un momento dado la mujer no quiso continuar con la relación sexual iniciada y se lo manifestó al hombre, a quien apartó de encima suya para abandonar la vivienda.

Antonio Fernando G.A. se enfadó por la decisión de su pareja de no culminar la relación y, según el tribunal, se produjo un enfrentamiento verbal aunque él no impidió la marcha de la mujer ni la obligó por la fuerza a terminar el acto sexual.

Sin embargo, esta actitud de enfado del hombre se transformó en «agresiva y violenta cuando ella, saliendo de la vivienda, le rompe intencionadamente una figura decorativa» situada junto a la entrada, en el contexto de la discusión verbal.

La víctima, que indicó ante el juez haber iniciado la relación sexual de forma consentida, reconoció en la vista oral que la agresión se produjo por la rotura del elemento decorativo.

A causa del empujón y del golpe, Dolores N.B. presentó dolor en la región parietotemporal izquierda, con inflamación, y también dolor en el brazo izquierdo, con eritema, y erosión en la mejilla izquierda.

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