El Consejo de Administración de RTVE no puede asumir las competencias exclusivas de los Presidentes de la Corporación nombrados por el Parlamento, según un informe de los servicios jurídicos del Congreso y según ha declarado este miércoles el Presidente de la Cámara, José Bono.
El Presidente del Congreso, José Bono, ha señalado este miércoles que los poderes del Presidente de RTVE no pueden ser asumidos por nadie más, lo que implícitamente le niega dichos poderes al Consejo de Administración de la Corporación.
«Las competencias del Presidente de la Corporación, al ser propias del mismo, sin más, no son susceptibles de ser atribuidas al Consejo de Administración», dice literalmente el texto.
El mismo informe, sin embargo, valida la presidencia rotatoria del Consejo de Administración y reconoce funciones ejecutivas a esta figura y al órgano colegiado.
El informe solicitado por el Presidente del Congreso, José Bono, a los servicios jurídicos de la Cámara Baja, pone en duda sin embargo algunas de las decisiones tomadas recientemente por el Consejo de RTVE.
Muy concretamente, arroja una sombra sobre la decisión de arrogarse el acceso al sistema de edición de los informadores que adoptó recientemente el Consejo, una decisión de la que dio marcha atrás después de una gran polémica.
El acceso al sistema de edición, asumido por el Consejo la semana pasada, es una competencia exclusiva del Presidente y, por tanto, un poder que no le corresponde a los miembros del Consejo, según el informe del Congreso.
El informe dice a este respecto que «no cabe recuperar lo que no ha podido ser delegado», una frase que cobra sentido si se recuerda que el Consejo solicitó a los anteriores presidentes de la Corporación el acceso al sistema y éstos, que habían renunciado a tenerlo para sí, se lo negaron.
El texto recuerda la función de vigilancia permanente que tienen las Cortes sobre la Corporación y diferencia entre las figuras de dirección ejecutiva ordinaria y la de Presidente de la Corporación, al respecto de lo cual aclara que «los dos cargos son diferentes».
En este sentido, la presidencia interina decidida de manera autónoma por el Consejo afecta solo a la dirección ejecutiva, pero no puede «extenderse a las funciones que legal y estatutariamente estén atribuidas» al Presidente de la Corporación.
En todo caso, la dirección ejecutiva supone importantes funciones, como la representación y administración de la Corporación, la organización básica de ésta, el otorgar o revocar poderes y la firma de acuerdos o contratos, entre otras.
El Consejo de RTVE ha asumido la presidencia rotatoria de la Corporación y el liderazgo de la misma después de que, tras la dimisión del último presidente nombrado por el Parlamento, Alberto Oliart, las cámaras no hayan nombrado a su sustituto.
Las dudas sobre esta situación y la polémica desatada por la citada decisión sobre la edición de informativos han movido a la Mesa del Congreso a pronunciarse tras consultar a los servicios de la Cámara.