lunes, noviembre 25, 2024
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Cristina Cifuentes impide que la marcha del 29M acabe en Sol

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La Delegación del Gobierno en Madrid ha impedido a los sindicatos terminar la marcha convocada el día de la Huelga General, 29 de marzo, en la Puerta del Sol, por motivos de seguridad debido al «colapso» que se generaría en ese punto al coincidir varias marchas y por el derecho a la libertad de movimientos de los ciudadanos, según han informado fuentes del departamento que dirige Cristina Cifuentes.

La institución se ampara en el informe emitido por el Ayuntamiento de Madrid, que desaconseja que las protestas terminen en la Puerta del Sol, «ya que conllevaría importantísimas retenciones y sustanciales repercusiones en la circulación de vehículos, tanto privados como de servicio público».

Con fecha del 16 de marzo, se celebró en la Delegación una reunión para coordinar la seguridad de la manifestación, con la asistencia de representantes de las organizaciones convocantes y responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En dicha reunión, se les indicó a los representantes sindicales que la coincidencia del final de la manifestación con otras concentraciones y manifestaciones comunicadas con anterioridad y les propuso que finalizaran la manifestación en la Puerta de Alcalá, como hicieron en la última convocatoria.

En la resolución de la Delegación de Gobierno, se comunica a CCOO y UGT que en el centro de Madrid ese día hay una manifestación de CGT y Solidaridad Obrera desde la Plaza de la Beata María Ana Hasta Neptuno y otra de la plataforma sindical de la EMT y otras tres sindicatos que empieza en la Plaza de Atocha y termina en la calle Jacinto Benavente.

Otra concentración convocada

Asimismo, en la Puerta del Sol, el espacio público propuesto por los organizadores como punto final de la manifestación, sobre las 19 horas, hay una concentración de la plataforma contra la impunidad del franquismo, comunicada previamente a la Delegación de Gobierno. Si bien la representante de dicha plataforma ha dicho no tener inconveniente alguno en coincidir con la manifestación convocada por CCOO y UGT y en compartir espacio en la Puerta del Sol, el departamento que dirige Cristina Cifuentes estima «no aconsejable» la coincidencia entre ambos actos.

Además, argumenta que dada la previsión de alta participación en la manifestación de los dos sindicatos mayoritarios (250.000 personas) será necesario realizar numerosos cortes de circulación, «que implicarán una grave afectación de la almendra central de Madrid, y sobre todo del distrito Centro, con repercusión en la prestación de servicios esenciales desde el punto de vista de la seguridad (ambulancias, bomberos, policía, etc.)».

Por otro lado, la Delegación ha asegurado que existen otros derechos fundamentales del resto de personas, «también dignos de protección, que por más que la protesta y reivindicación de los convocantes legítima y respetuosa conforme a derecho, no puedan perturbar en el ejercicio a la libertad de movimientos».

En razón a lo expuesto anteriormente, «atendiendo al principio de proporcionalidad y con el fin de posibilitar el ejercicio adecuado del derecho de manifestación de todas las organizaciones convocantes, evitando que se produzca un colapso circulatorio en el distrito centro, se estima necesario modificar el final de esta manifestación, sin que ello suponga menoscabo alguno del derecho fundamental de reunión para los sindicatos convocantes».

No obstante, respetarán el inicio de la marcha desde la Plaza Cánovas del Castillo para acabar en la Puerta de Alcalá, «un espacio igualmente emblemático de la ciudad de Madrid, lugar en el que estos sindicatos ya finalizaron la manifestación del día 11 de marzo y en el que queda plenamente asegurada la difusión de los mensajes objeto del acto».

Los sindicatos recurren la decisión

Por su parte, UGT y CCOO de Madrid han interpuesto un recurso contra la decisión de la Delegación del Gobierno de impedir a los sindicatos terminar la marcha convocada el día de la huelga general, 29 de marzo, en la Puerta del Sol por motivos de seguridad debido al «colapso» que se generaría en ese punto al coincidir varias marchas.

En el documento, los sindicatos interponen un recurso especial para la protección jurisdiccional del derecho fundamental de reunión del artículo 21 de la Constitución contra la resolución dictada por la Delegación del Gobierno de la Comunidad de Madrid de 20 de marzo de 2012 por la que se modifica el itinerario solicitado en su día por ambas Organizaciones Sindicales.  

La Delegación se ampara en el informe emitido por el Ayuntamiento de Madrid, que desaconseja que las protestas terminen en la Puerta del Sol, «ya que conllevaría importantísimas retenciones y sustanciales repercusiones en la circulación de vehículos, tanto privados como de servicio público».

En el recurso, los sindicatos exponen que el 1 de marzo se solicitó por parte de los sindicatos a la Delegación de Gobierno la comunicación relativa al ejercicio del derecho de reunión a fin de organizar una manifestación que tendría lugar en la capital, el día 29 de marzo de 2012 con una duración prevista de 3 horas y 30 minutos, cuyo objeto es la protesta ante la Reforma Laboral.

Tras la respuesta de la Delegación del pasado 20 de marzo, los sindicatos critican que «existe un claro recorte y modificación en cuanto al itinerario de la convocatoria», ya que la limita en cuanto a su lugar de finalización a la Plaza de la Independencia. A su juicio, «ello supone un recorte y modificación sustancial del itinerario solicitado por ésta parte y que como más adelante expondremos es desproporcionado y carente de justificación objetiva y razonable alguna».

«Ello supone, por tanto, una limitación del Derecho de reunión y manifestación amparado en el artículo 21 de nuestra Constitución», recalcan en el recurso. Según los sindicatos, la Resolución dictada por la Delegación de Gobierno «no es objetiva, no está plenamente justificada y carece de proporcionalidad entre el fin que dice amparar y la lesión del derecho Constitucional que esta parte invoca».

Asimismo, critica que obvie «la Doctrina Constitucional y de otros Tribunales de rango inferior sobre la utilización del espacio urbano por la sociedad democrática», recordando que «califica a dicho espacio no solo en un ámbito de circulación de vehículos, sino también en un espacio de participación ciudadana y lugar de ejercicio de un derecho de reunión como son las principales vías de nuestras ciudades».

Por ello, piden que se proceda a la celebración de la correspondiente audiencia y se revoque la Resolución recurrida para que se acuerde haber lugar al ejercicio libre del derecho fundamental de reunión interesado en la solicitud de manifestación unida al expediente administrativo tramitado.

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