lunes, noviembre 25, 2024
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La Audiencia Nacional debate la vigencia de la ‘doctrina Parot’

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El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional retomará este viernes el debate sobre la vigencia de la ‘doctrina Parot’ después de que la reunión que sus 19 magistrados celebraron el pasado día 15 finalizara sin ningún acuerdo, informaron fuentes jurídicas.

Los miembros de la Sala tienen que deliberar sobre las consecuencias que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España por alargar la estancia en prisión de la etarra Inés del Río tras aplicarle la ‘doctrina Parot’ podría tener sobre otros 20 presos que se encuentran en una situación similar. De ellos, 19 son miembros de ETA y otro fue condenado por un delito contra la salud pública.

Tras sus primeras deliberaciones, los magistrados acordaron el pasado 12 de octubre la puesta en libertad de los presos de ETA Óscar Abad e Itziar Martínez Sustatxa, ésta última tras apreciarse que en su caso la doctrina se había aplicado de forma inapropiada, según informaron fuentes jurídicas.

La ‘doctrina Parot’, que fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006, determina que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de estancia en prisión de 30 años.

Estudiar caso a caso

Las mismas fuentes señalaron que la intención de la Sala de lo Penal, presidida por el magistrado Fernando Grande-Marlaska, no es establecer una doctrina general sobre este asunto sino ir resolviendo caso a caso.

Además de los dos recursos en los que se acordó la puesta en libertad de estos dos reclusos, la Sala rechazó otros 15, ocho porque el Constitucional ya había rechazado eximirles de la prolongación de condena y siete más porque los recurrentes están pendientes de resolución por parte de este tribunal o el Supremo. De esta forma, la Sala tiene pendiente el análisis de otros 17 recursos.

El tribunal estimó los argumentos de la defensa de Itziar Martínez Sustatxa, a quien en marzo pasado el Tribunal Constitucional rechazó amparar por una cuestión de forma. Su defensa recurrió ante la Audiencia Nacional porque otro compañero de ‘comando’, al que le fue impuesta la misma condena, sí fue amparado por el tribunal de garantías. Así el tribunal acordó darle la razón y decretar su puesta en libertad.

La etarra, que fue detenida el 29 de agosto de 1991 en Bilbao por formar parte del ‘comando Vizcaya’, debería haber quedado en libertad el 4 de junio de 2009, aunque la Audiencia Nacional le aplicó la ‘doctrina Parot’ y alargó su condena hasta 2021.

Código penal incorrecto

La Sala también resolvió estimar el recurso presentado por la representación legal de Óscar Abad, cuya condena fue revisada al estimar la Sala que debió ser condenado por el Código Penal de 1985, que le era más beneficioso que el de 1973. El etarra fue detenido en octubre de 1991 después de resultar herido a causa de la explosión de un artefacto que estaba colocando en los bajos de un vehículo.

En julio de 1995 fue condenado a 38 años de cárcel por estos hechos. Aunque tenía que haber quedado en libertad, el 31 de diciembre de 2010 se le aplicó la ‘doctrina Parot’, lo que alargó su condena hasta 2021.

El Tribunal de Estrasburgo condenó en julio pasado a España a indemnizar a la etarra Inés del Río con 30.000 euros por daños morales por haberle aplicado la ‘doctrina Parot’ de forma retroactiva, al tiempo que instó a su excarcelación «en el plazo de tiempo más breve posible». El pasado 23 de octubre admitió a trámite el recurso contra esta resolución presentado por la Abogacía del Estado.

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