Así lo han confirmado fuentes cercanas al caso, que detalla que el incidente tuvo lugar hace un mes en el Centro Penitenciario cordobés, y precisan que «es un asunto habitual en las cárceles», con los intentos de «las familias para infiltrar o pasar comida, dinero u otras cosas».
En cualquier caso, detallan que «nunca se puede sancionar a un externo de la prisión por estos hechos», sino que «se sanciona al preso», en este caso con «tres meses sin paquetes», al tiempo que aclaran que «no tiene nada que ver con el traslado» a la prisión de Villena, puesto que «se le ha trasladado por el tipo de delito» por el que está condenado, concretamente dos asesinatos, y «la pena de prisión» a la que se enfrenta, con 40 años, de modo que ahora se le aplica un régimen cerrado.
Cabe destacar que el Reglamento Penitenciario, en su artículo 301, recoge que queda prohibido a los internos el uso de dinero de curso legal, salvo en los establecimientos de régimen abierto o en situaciones excepcionales debidamente autorizadas por el centro directivo.