El juez José Castro, instructor del ‘caso Nóos’, ha incorporado al sumario de esta investigación nuevos datos sobre la actividad económica de la Infanta Cristina de Borbón. En concreto, la hija del monarca recibió 150.000 euros de Aizoon -sociedad familiar que comparte al 50% con su marido, Iñaki Urdangarin, y que se nutría de sus negocios- fraccionados en dos pagos. El hallazgo podría acercar una nueva imputación de la noble, cuya primera imputación ya fue retirada. La ‘desimputación’ de la hija del Rey
Los informes bancarios requeridos y los análisis aportados por la Agencia Tributaria han permitido esclarecer que el traspaso realizado desde Aizoon llegó primero a una cuenta conjunta de Cristina de Borbón y Urdangarin, para después derivarse a otra de la que es titular la propia infanta. Este pago se habría realizado divido dos: uno inicial de 125.000 euros (que tuvo lugar el 27 de diciembre de 2006, cuando el Instituto Nóos más trabajaba con las instituciones de la Comunidad Valenciana y Baleares) y otro más de 25.000.
Posible imputación
Así las cosas, Castro decidirá en las próximas semanas si archiva definitivamente las investigaciones en torno a la hija del monarca o si, por el contrario, acuerda su imputación por un presunto delito fiscal o de blanqueo de capitales, no sin antes consultar a la Fiscalía Anticorrupción y las demás partes personadas para que se pronuncien al respecto.
En concreto, el juez se encuentra a la espera de que la Agencia Tributaria entregue los últimos datos que le han sido solicitados y de que el Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional aporte sus últimas indagaciones en torno a la forma en la que fueron pagados los trabajos que los proveedores de Aizoon llevaron a cabo para la rehabilitación, reforma y mantenimiento del conocido como ‘palacete’ de Pedralbes, propiedad del matrimonio.
El juez busca así indagar si en el marco de estas labores se cometió un presunto delito de blanqueo de capitales. A partir de ese momento, el instructor dará traslado de todas las diligencias cursadas en torno a la Infanta a las partes para que emitan lo que estimen pertinente en este sentido.
Así, Castro dará respuesta al tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares, que le emplazó a poner término a las pesquisas relacionadas con la Duquesa de Palma «en aras de evitar mayores especulaciones» y debido a que «no resulta posible ni aceptable investigarla indefinidamente».
Tanto es así que los magistrados señalaban que si a partir de este momento no aparecen nuevos hechos o elementos de prueba que «hagan reconsiderar las endebles imputaciones» que llevaron en un primer momento a citar a la Infanta como imputada, el juez Castro debe acordar el archivo de las actuaciones judiciales sobre la Duquesa, de forma provisional o definitiva, o bien tomar esta decisión cuando el magistrado ponga fin a la instrucción de la causa mediante el auto de pase a procedimiento abreviado.
Información aportada
Hasta el momento, la información aportada por la AEAT no considera a la Infanta cooperadora o partícipe de un delito contra Hacienda «por el sólo hecho» de ser socia no administradora de la mercantil Aizoon, la empresa de la que es propietaria al 50% junto a Urdangarin y a través de la cual, según el criterio de la Audiencia, el matrimonio se habrían beneficiado de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda por parte de Aizoon.
Según los investigadores, el duque «interpuso» esta mercantil para facturar «ciertos servicios de carácter personalísimo», como el servicio doméstico, que nada tenían que ver con la actividad de la inmobiliaria, todo ello con el objetivo de reducir su propia tributación en la declaración del IRPF.
Camps y Barberá
Por otro lado, el juez ha pedido a la Fiscalía Anticorrupción y a las demás acusaciones para que aleguen lo que estimen pertinente en torno a la petición formulada por Manos Limpias de que sean citados como testigos la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y el expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps, a fin de que «se depuren cuantas diligencias sean necesarias para completar la investigación», según el escrito presentado por el sindicato.
La acusación popular cursó esta petición después de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) acordase no imputar ni a Camps ni a Barberá en el marco de esta causa, al considerar que en su actuación no hay indicios de delito.