domingo, noviembre 24, 2024
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La juez Alaya no será sancionada

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha comunicado al presidente del Parlamento andaluz, el socialista Manuel Gracia, que «no aprecia anomalía o irregularidad alguna» por parte de la juez que investiga el caso de los ERE fraudulentos, Mercedes Alaya, en relación con la queja que elevó «en defensa de la inviolabilidad del Parlamento en el ejercicio de sus funciones» en relación con dos autos en los que pedía investigar el papel de la Cámara ante las irregularidades.

En un escrito fechado el pasado 10 de junio, difundido este lunes por el Parlamento andaluz, el CGPJ informa en primer lugar de que ha solicitado a Alaya «un informe sobre sus alegaciones y la remisión de una copia de las resoluciones que motivaron la iniciativa y las que estuvieron relacionadas con ellas» y traslada a continuación a Gracia que «no se aprecia anomalía o irregularidad imputable» a la magistrada y, en consecuencia, «no procede la adopción de medida alguna» por una cuestión que considera «estrictamente jurisdiccional» y que «no puede conllevar ninguna actuación de carácter disciplinario».

Según el órgano de gobierno de los jueces, del citado informe remitido por Alaya «se desprende que la finalidad de estas diligencias no es, en ningún caso, derivar responsabilidad al Parlamento andaluz, a su Comisión de Economía y Hacienda o a algunos de los parlamentarios en concreto que la integran», sino que únicamente «obedecen a la tesis sostenida» por alguna de las defensas para garantizar el «derecho a la tutela judicial efectiva sin mermar el derecho de defensa de los imputados».

El escrito del CGPJ responde a una queja presentada por el presidente del Parlamento andaluz a principios de abril por los dos autos emitidos el pasado mes de marzo por la juez del caso ERE, en los que pedía investigar el papel de la Cámara ante las irregularidades por la «posible afectación al ejercicio de las funciones de los parlamentarios, el respeto al principio de separación de poderes y a la propia inviolabilidad del Parlamento».

La queja se refería en concreto a dos autos sucesivos dictados por Alaya el pasado mes de marzo en los que instaba a la Intervención General del Estado a indagar sobre «qué pudo conocer» la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento andaluz –actual Comisión de Hacienda y Administración Pública– «sobre las irregularidades que se estaban produciendo en la concesión de subvenciones sociolaborales al margen de la Intervención General». El primero, dictado el 3 de marzo, fue inmediatamente recurrido por la Fiscalía Anticorrucpión, ante lo que la magistrada dictó una nueva providencia el día 13 en la que «acotó el objeto de examen a dicha comisión» y no a la totalidad del Parlamento andaluz.

El CGPJ señala ahora en el mencionado escrito que «no se aprecia anomalía o irregularidad imputable» a Alaya en sendos autos y que, por tanto, no adopta medidas al respecto y da «por finalizadas las gestiones iniciadas» a raíz  de la petición del Parlamento.

Sobre el auto del 3 de marzo, el Consejo reconoce que en él se acuerdan efectivamente «unas concretas diligencias de investigación a practicar con la Junta de Andalucía y que están referidas a la Comisión Parlamentaria de Economía y Hacienda del Parlamento andaluz» pero que son «una cuestión estrictamente jurisdiccional» según la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, a lo sumo, podrá «ser revisadas a través de los recursos procesales que legalmente sean procedentes».

Es decir, que «no puede conllevar ninguna actuación de carácter disciplinario» porque la finalidad de las diligencias de Alaya, según ha expuesto la propia juez en el informe que ha remitido sobre este auto al CGPJ, «no es, en ningún caso, derivar responsabilidad al Parlamento andaluz» ni a la Comisión de Economía ni a sus diputados «sino que obedecen a la tesis sostenidas por alguna de las partes («las defensas», dice el informe) y a la necesidad de garantizar el principio de contradicción y de paridad de armas de las partes». «En definitiva, el derecho a la tutela judicial efectiva sin mermar el derecho de defensa de los imputados», ha argumentado Alaya ante el Consejo.

Sobre el segundo de los autos de los que el Parlamento elevó queja, el del 13 de marzo, el CGPJ señala que la juez lo que hace es «mantener la práctica de las diligencias pero cambiando el destinatario, que no será la Junta de Andalucía sino la Secretaría General del Parlamento andaluz». «No se hace en él, por tanto, ninguna puntualización directa al contenido del auto de 3 de marzo inmediato anterior», destaca el Consejo, al que la juez ha aclarado que la parte sobre la que está basada la queja de la Cámara autonómica «no guarda relación con la primera resolución» sino con la de 31 de octubre de 2013 «por la que se acordó instruir del artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a una persona supuestamente implicada en los hechos investigados».

Por todo ello, y tras no apreciar «anomalía o irregularidad» de Alaya en sendos autos, el CGPJ advierte al presidente del Parlamento andaluz de que las «discrepancia con las resoluciones judiciales sólo pueden canalizarse a través de los recursos y medios de oposición que prevén las leyes procesales, en los plazos y con los requisitos que las mismas establecen».

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