El Gobierno ha asegurado que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad seguirán utilizando las pelotas de goma con las mismas garantías de procedimiento que la Constitución les encomienda, esto es, «los principios de oportunidad, proporcionalidad y congruencia», y ha remarcado que su uso supone la última alternativa en la actuación policial.
De esta forma responde al portavoz de Justicia de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) en el Congreso, Gaspar Llamazares, quien quería saber si el Ejecutivo se planteaba renunciar al uso de las pelotas de goma después de que la Generalitat de Cataluña haya prohibido su uso a los Mossos d'Esquadra tras «la larga lista» de damnificados que ha dejado. Asimismo, el diputado de Izquierda Unida por Asturias preguntaba al Gobierno por qué no había aplicado la recomendación de la Comisión Europea contra el uso de pelotas de goma por parte de las fuerzas policiales.
La UE no prohíbe su uso
En su contestación, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Gobierno comienza aclarando al parlamentario de izquierdas que la legislación de la UE no prohíbe el uso de pelotas de goma y recalca que la Comisión «no tiene intención» de proponer una legislación que lo haga. En el texto, el Ejecutivo deja claro que los procedimientos y operativas policiales son los modos de llevar a cabo el trabajo que la Constitución española encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: «proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana».
En concreto, destaca que la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana contempla que en caso de que se produzcan alteraciones de la seguridad ciudadana con armas o con otros medios de acción violenta, las fuerzas policiales «podrán disolver la reunión o manifestación o retirar los vehículos y obstáculos sin necesidad de previo aviso».
Garantías de procedimiento
Y añade que la norma que regula el derecho de reunión establece que el Gobierno suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones cuando «se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes». El Ejecutivo subraya que los procedimientos de utilización del material antidisturbios constituyen «la última ratio», en cuanto a actuación policial se refiere, y que su uso lleva aparejado una serie de «garantías de procedimiento».
«La valoración de la situación bajo el prisma de los principios de oportunidad, proporcionalidad y congruencia; la autorización expresa del jefe de la fuerza actuante; el control del uso por parte de los mandos intermedios y el cumplimiento por parte del lanzador de unos requisitos técnicos muy específicos», especifica.