El expresidente del PP y de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, ha afirmado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que confirma la condena de cuatro años de cárcel que la Audiencia de Castellón le impuso por cuatro delitos contra la Hacienda Pública, que habría cometido al estafar más de 693.000 euros entre 1999 y 2003 tal y como ya anunció en caso de que el alto tribunal desestimase su recurso.
El exmandatario del Partido Popular ha declinado realizar declaraciones sobre la sentencia del TS puesto que todavía no ha podido valorar su contenido junto a su abogado, según ha manifestado a Europa Press.
No obstante, ha asegurado que aunque la sentencia del TS le hubiese rebajado la condena en dos años habría recurrido igualmente ante el TC «puesto que siempre hemos pensado que los hechos estaban prescritos».
La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso que presentó la defensa del ex mandatario 'popular' pidiendo su absolución, así como los interpuestos por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, a los que se adhirió la Unión de Consumidores de España, que solicitaban duplicar la pena teniendo en cuenta que cada cuota defraudada superó el millón de euros y que no han sido devueltos. La sentencia, con ponencia del magistrado Luciano Varela, ha rebajado de dos años a un año de prisión por un delito contra la Hacienda Pública la pena de su exmujer, María de los Desamparados Fernández.
La Sala, presidida por Joaquín Jiménez y conformada también por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Manuel Marchena, Antonio del Moral y Luciano Varela revisaron el pasado julio la vista que puso fin a una instrucción que se prolongó durante diez años y pasó por las manos de hasta nueve jueces distintos.
Finalmente, la Audiencia de Castellón condenó a Fabra en noviembre de 2013 a cuatro años de cárcel por cuatro delitos contra la Hacienda Pública, al pago de una multa de 693.074,33 euros y a indemnizar al fisco con la misma cantidad. La Fiscalía pidió en el juicio que Fabra pagara una multa de 1,98 millones de euros.
El 'caso Naranjax'
El origen de este proceso se sitúa en diciembre de 2003, cuando el empresario Vicente Vilar, propietario de la firma Naranjax y hasta entonces amigo de Fabra, presentó dos querellas en los juzgados de Nules en las que acusaba al expresidente de la Diputación de cobrarle dinero a cambio de favorecer a su empresa en la comercialización de productos fitosanitarios. A esta denuncia, en 2005, se sumó otra de la Agencia Tributaria por presunto fraude fiscal, que el juzgado admitió a trámite y anexionó al proceso ya abierto.
La Audiencia de Castellón apreció la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, absolvió a Carlos Fabra, al empresario Vicente Vilar -propietario de Naranjax que presentó la querella que dio lugar al proceso-, y a la exmujer de éste, Monstserrat Vives, de los delitos de tráfico de influencias y cohecho, así como al exsenador del PP Miguel Prim de tráfico de influencias.
La sentencia señaló que entre el 1 de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 2004 Carlos Fabra y Amparo Fernández realizaron un elevado número de operaciones bancarias en las cuentas de las que eran titulares, como ingresos en efectivo, mayoritariamente, así como ingresos mediante cheque o transferencia, cobros en efectivo de cheques y otros pagos en efectivo que no se corresponden ni con el patrimonio ni con la renta por ellos declarados y que fueron ocultados a la Hacienda Pública.
Esa ocultación de ingresos dio lugar a que Carlos Fabra defraudara a la Hacienda Pública 693.074,33 euros correspondientes a los ejercicios 1999, 2000, 2002 y 2003 y Amparo Fernández un total de 427.998,49 euros en los ejercicios 1999, 2000 y 2003.